Los locales no deben ser el recurso fundamental de las actividades de ocio, dado que pueden dificultar la normalización e integración en el entorno. Se ha de potenciar la utilización de las instalaciones de los entornos comunitarios (cafeterías, restaurantes, cines, teatros, museos, locales de las juntas municipales, discotecas, polideportivos, centros recreativos, etc.) Únicamente se debe utilizar el local en los casos en que la actividad diseñada no se pueda realizar en los servicios que ofrece la comunidad. El local debe estar claramente diferenciado del espacio escolar y / o laboral. Para facilitar la participación en las actividades comunitarias, el local debe estar ubicado en un lugar céntrico al que se pueda acceder con facilidad a través de diferentes medios de transporte. Deben de tener espacios diferenciados que faciliten la organización y gestión del centro. La eliminación de las barreras arquitectónicas es un requisito imprescindible que a todo local de ocio debe exigirse. La normativa legal, tanto de seguridad como de higiene, debe cumplirse estrictamente. |
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