La LOE (Ley Orgánica de Educación) constituye el marco legislativo del sistema educativo español desde mayo de 2006, derogando las anteriores leyes (LOGSE y LOCE).

La estructura vigente es la siguiente:


Tabla 1. Estructura del Sistema Educativo Español


A partir de 18 años Educación superior Formación Profesional de grado superior Universidades Centros de Formación Profesional
Universidad
12-18 años Educación secundaria Secundaria postobligatoria

Formación profesional grado medio

Colegios Institutos de Enseñanza Secundaria Centros de Formación Profesional

Bachillerato

Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO)

Escolaridad obligatoria de 6 a 16 años Educación básica Colegios Institutos de Enseñanza Secundaria

6-12 años Educación Primaria Tercer ciclo

Colegios

Segundo ciclo
Primer ciclo
0- 6 años Educación Infantil Segundo ciclo gratuita ciclo Escuelas o centros de educación infantil Colegios
Primer ciclo  

Escuelas o centros de educación infantil

 
 

Como se observa en la tabla 1, todos los niños tienen el derecho y la obligación de estar escolarizados desde los 6 hasta los 16 años.

Las autoridades educativas deben disponer de los medios necesarios para que todos los alumnos alcancen el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional. Así, en el caso de los alumnos con necesidades educativas especiales, como son los que tienen síndrome de Down, es a la administración educativa a quien corresponde asegurar los recursos necesarios para alcanzar este objetivo.

Los alumnos con síndrome de Down tienen derecho a estar escolarizados en centros ordinarios, con las ayudas específicas que requieran. No obstante, es decisión última de los padres el que sus hijos se escolaricen de este modo o en un centro de educación especial.

Los niveles educativos, por tanto, son los mismos que para el resto de los alumnos, es decir, son los descritos anteriormente, de manera que los alumnos con síndrome de Down los cursan con las adaptaciones necesarias. Además, la escolaridad se inicia y finaliza a las mismas edades que el resto de los alumnos.


En cuanto a la promoción de ciclo, en la educación primaria se puede permanecer un año más, y en la educación secundaria obligatoria, si no se ha repetido ningún curso en primaria, se puede permanecer un año más en cada ciclo, es decir, se puede repetir dos veces como máximo. En general, la escolaridad obligatoria se puede prolongar, a lo sumo, hasta los 18 años en los casos de niños sin necesidades educativas especiales. Para los que tiene síndrome de Down, cabe más flexibilidad de manera que en ocasiones se hacen excepciones.

Como ocurre con el resto de sus compañeros, los alumnos con síndrome de Down que alcancen los objetivos programados en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) reciben el título de Graduado, que les permite acceder a Bachillerato o a Formación Profesional Específica. Para los alumnos que no alcanzan dichos contenidos, se establecen Programas de Garantía Social ordinarios, cursados en régimen de integración o Programas de Garantía Social destinados especialmente a alumnos con necesidades educativas especiales. El objetivo de ambos tipos es proporcionar una formación básica y profesional que facilite su incorporación al mercado laboral.

Para los niños que están en centros de educación especial (QUÉ ES LA EDUCACIÓN ESPECIAL), las adaptaciones en los contenidos suelen ser más significativas y los programas van dirigidos fundamentalmente al desarrollo de capacidades vinculadas con la autonomía personal, la integración social y el desempeño profesional. Además, en estos casos, también es posible que cursen otro tipo de enseñanzas: Formación Básica Obligatoria, Formación Profesional complementaria o Programas de Transición a la Vida Adulta y Programas de Garantía Social para los alumnos con necesidades educativas especiales ( TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA).

La Formación Básica Obligatoria en estos centros, al igual que la general, tiene una duración mínima de 10 años, que corresponde a los 6 cursos de educación primaria y a los 4 cursos de ESO ordinarios. Su objetivo principal es el desarrollo de las capacidades establecidas para la educación infantil y primaria generales, incluyendo además el desarrollo de otras capacidades de otros niveles, según las características de los alumnos. En los centros de educación especial la escolarización puede prolongarse hasta los 21 años.


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