NOVEDADES Área Jurídica
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NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS ASPECTOS DE DISCAPACIDAD DEL REAL DECRETO 248/2009, DE 27 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2009 PARA LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Artículos 4 k y 5)

Se han introducido normas que favorecen al sector de la discapacidad y que son mejoras evidentes para el empleo de las personas con discapacidad, superando en algunos casos los mínimos de la normativa sobre función pública. Responden a demandas del CERMI, que el Ministerio de Administraciones Públicas ha hecho suyas, aunque no siempre plenamente.

Las novedades de este año son las siguientes:

  • En el año 2009, se reservará un 7 por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad. Se amplía el cupo de reserva mínimo del 5% al 7% de forma general. En el año 2008 se había incrementado hasta ese porcentaje pero de una forma limitada, sélo en aquellos cuerpos y escalas que presentaban tasas de cobertura del cien por cien en las plazas reservadas en las ofertas de los dos años anteriores.

  • Del 7 por ciento de plazas reservadas, el 2 por ciento lo serán específicamente para personas que acrediten discapacidad intelectual. Esto es una importante mejora sobre las ofertas anteriores.

  • El 7 por ciento de reserva antes mencionado, se aplicará en los mismos términos en las convocatorias de acceso libre y promoción interna, así como en las convocatorias de personal laboral fijo y temporal. Esta también es una novedad.

Otras normas que nos afectan y que aparecía en la oferta de empleo del año pasado, son:

  • Se promoverá la participación en Tribunales y Órganos de selección de personas con discapacidad en aquellos procesos en los que exista turno de reserva para este grupo social.

  • Se considera como personas con discapacidad las definidas en el apartado 2 del artículo 1, de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre (LIONDAU).

  • Aplicación lo establecido en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

  • En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o periodos de prácticas, se establecerán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

  • Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente a la de los procesos libres, garantizándose, en todo caso, el carácter individual de los procesos. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios, y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

  • En el anexo I del real decreto figura la reserva de plazas en cuerpos, escalas o categorías cuyas actividades o funciones son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad. El número de plazas reservadas quedarán recogidas en las correspondientes bases específicas de las convocatorias.

  • Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los procesos de acceso libre, no se podrán acumular al turno general, adicionándose al cupo de la oferta del siguiente año, hasta un límite máximo del 10%. En el año 2008, se decía que se adicionaría al 5%, mención a este porcentaje que se ha suprimido.

  • En los procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general.

6 de marzo de 2009

Miguel Ángel Cabra de Luna
Director de los Servicios Jurídicos del CERMI Estatal

CERMI
www.cermi.es

 


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