Todas las encuestas concuerdan en que las personas con discapacidad intelectual que, además, muestran trastornos de conducta constituyen el grupo poblacional que mayor medicación psicotropa recibe. La preocupación no consiste en que reciban medicación sino en asegurarse de que es la adecuada y de que no ocasiona mayor perjuicio que alivio o mejoría. Tratándose de personas que con frecuencia no son capaces de relatar los efectos que un medicamento provoca, es muy fácil que la prescripción caiga en la rutina, se prolongue más tiempo del necesario, se utilicen dosis excesivas, o se combinen fármacos en asociaciones poco fundamentadas.
La escasez de recursos materiales y humanos capaces de aportar tratamientos válidos de carácter conductual y psicológico es el factor que más obliga a recurrir a una medicación que podría ser reducida o, incluso, suprimida con mayor beneficio para el paciente.
Hay un principio que debería ser cumplido de manera sistemática: la prescripción, evaluación y seguimiento de los efectos de un fármaco administrado a una persona con discapacidad intelectual que muestra trastornos de conducta, nunca debe ser responsabilidad de una sola persona (generalmente el psiquiatra) sino de un equipo formado, como mínimo, por un psiquiatra, un psicólogo, un cuidador y un familiar.
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
La medicación psicotropa a prescribir, en función del diagnóstico psiquiátrico o de la hipótesis que relacione la acción farmacológica con los síntomas conductuales.
La dosis y modo de dosificación.
La evaluación de los efectos.
La medición de niveles plasmáticos, si es necesario.
El ritmo y las circunstancias que aconsejan la revisión de la medicación.
La evaluación de las reacciones adversas en relación con el beneficio.
La duración de la administración de un fármaco y los criterios para cambiarlo por otro.
La consideración de la necesidad o rechazo de polifarmacia.
Las prácticas para restringir la administración prolongada de psicofármacos.
La necesidad de la evaluación externa.
Las indicaciones para recomendar la hospitalización.
Partimos, pues, del principio de que los psicofármacos son útiles. No curan la mayoría de las enfermedades y trastornos mentales pero reducen los síntomas conductuales más agudos y, con ello, permiten y facilitan el acceso de la persona a otras formas de tratamiento y de interacción social. A pesar de que las estrategias conductuales han de ser consideradas como la primera forma de tratamiento, los psicofármacos han de utilizarse cuando los trastornos son graves y problemáticos, en beneficio del paciente y de quienes le rodean y atienden.
Planteamos la terapéutica farmacológica en función, por una parte, de las alteraciones mentales tipificadas en el DSM-IV, así como en función de los síntomas diana, cuando el trastorno no es tipificable dentro de esa clasificación. Evidentemente, no se trata de ofrecer una explicación exhaustiva de las características farmacológicas y formas de utilización de cada psicofármaco, que se encuentran en los textos especializados.
El desarrollo de la ponencia queda expuesto en las siguientes imágenes de powerpoint
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