Editorial: El respeto a la personalidad jurídica

Va ganando fuerza creciente el concepto de que lo que hoy llamamos discapacidad es simple manifestación de la diversidad que caracteriza sustancialmente a la especie humana. Y que el ser más o menos capaz de alcanzar unos objetivos teóricos depende, en buena parte, de la carencia de adaptaciones y apoyos que la sociedad debería prestar. Porque si aceptamos la diversidad como algo consustancial con nuestra naturaleza, es evidente que será responsabilidad de todos el ofrecer un abanico de soluciones ajustadas a lo que cada uno requiere.

Tal es le directriz fundamental que sigue la Convención de la ONU de 2006. Su articulado es complejo y exige un profundo análisis para discernir y extraer de él lo más apropiado para una determinada discapacidad. La discapacidad intelectual es una entidad particularmente compleja desde innumerables puntos de vista, no siendo el menos importante la dificultad intrínseca que los individuos muestran para poder comprender algunos conceptos que atañen a su propia dignidad y a sus posibilidades de acción. Pero, en cualquier caso, la Convención suscita dos realidades comunes a toda persona con discapacidad, sea cual fuere su naturaleza: la realidad de sus derechos inalienables como ciudadano, similares a los de cualquier otro individuo, y la realidad de los apoyos que han de ser proporcionados para hacer efectivos tales derechos.

Es en esa línea en la que les animamos a leer el artículo profesional de este número, escrito por María José Alonso, doctora en Leyes y asesora jurídica de nuestro Canal Down21. A partir de unos litigios concretos en los que se dilucidaba el derecho a pasar desde una incapacitación total, inicialmente promulgada por un juez, a la incapacitación parcial en la que se exigían derechos fundamentales y perfectamente respetables, la Dra. Alonso ofrece una amplia exposición de los fundamentos jurídicos que obligan a los países que suscribieron y firmaron la Convención a respetar la capacidad jurídica de las personas. Se basa en el estudio de las modificaciones que se están realizando en la legislación española, pero sus reflexiones son perfectamente aplicables a cualquier otro país.

Es evidente que todo ello tiene repercusión inmediata sobre el futuro legal de nuestros hijos con síndrome de Down. Es algo que cada familia, respetando la realidad de su propio país, habrá de analizar con extremo cuidado.

Comentarios  

0 #1 ¡FELIZ NAVIDAD!Saro 02-12-2013 10:27
Muchísimas gracias a todos por su valioso trabajo.

¡Feliz Navidad!

Un abrazo muy fuerte,

Saro
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0 #2 Mi pensamiento cambioAna Kerguelen 03-12-2013 03:33
Cuando nacio mi hija Juliana yo pensaba en que la necesidad de declararla interdicta judicial para proteger sus derechos. Hoy he descubierto, que a sus cinco anos mi pensamiento es otro: ella tiene derecho a su personalidad jurídica y a no ser declarada interdicta judicial según las leyes de mi país. Gracias Down 21, ustedes me ayudaron a realizar este maravilloso recorrido. Feliz Navidad
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0 #3 Para Ana KerguelenCanal Down21 03-12-2013 11:11
Gracias, Ana, por su bello comentario que nos ha emocionado. Saludos.
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0 #4 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicaMónica 03-12-2013 15:11
Estoy gestionando la ciudadania española a mi hijo de 14 años con S.Down, ellos me pidieron un documento adicional, del juzgado donde se declare la incapacidad de mi hijo. Con la finalidad que solo los padres firmemos.
El juzgado me dicen que eso no procede porque ser menor de edad se sobre entiende que esta a nuestro cuidado. Solo en mayores de edad se realiza esa gestion...no se que hacer ya que es exigencia del consulado español. Pueden orientarme?
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0 #5 InterdiccionMaria Cristina 03-12-2013 16:31
Si realmente este tema, es cuestion de pensamiento, sin embargo mi Hijo amado Samuel es hermoso, pilo, inteligentisimo , es sensacional, Dios es hermoso con migo, pero para algunos temas legales como por ejemplo en Colombia existe una ley para poder tener la pension de manera anticipada por hijos con discapacidad, esto permitiria retiro de trabajo dedicar tiempo a sus cuidados y desarrollo y seguir con un ingreso, entonces como manejarlo? una cosa es legalmente y otra la realidad.....
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0 #6 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicaMaría José Alonso Parreño 04-12-2013 22:26
Cito a Mónica:
Estoy gestionando la ciudadania española a mi hijo de 14 años con S.Down, ellos me pidieron un documento adicional, del juzgado donde se declare la incapacidad de mi hijo. Con la finalidad que solo los padres firmemos.
El juzgado me dicen que eso no procede porque ser menor de edad se sobre entiende que esta a nuestro cuidado. Solo en mayores de edad se realiza esa gestion...no se que hacer ya que es exigencia del consulado español. Pueden orientarme?

¿Desde dónde nos escrine, Mónica? A los juzgados de qué país se ha dirigido para preguntar por la incapacitación? Entiendo que está haciendo los trámites de nacionalidad no en España sino a través del consulado español ¿en qué país? Un saludo muy cordial,
V
María José Alonso Parreño
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0 #7 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicaPatygalsan 05-12-2013 03:19
Estoy totalmente de acuerdo con la editorial ya que como sabemos la sociedad discapacita a las personas colocando barreras en todos los contextos de su vida. y aun falta mucho que sensibilizar.
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0 #8 discapacidadMónica 05-12-2013 23:15
srta. Maria Alonso Parreño, somos Peruanos y estamos haciendo el tramite a travez del consulado Español en LIma, mi hijo S.Down (moderado)de 14 años, esta en una escuela de enseñanza regular con curricula adaptada. esta reconocido como dispacitado por CONADIS. Sabe leer y escribe con dificultad. (pone su nombre completo).
Fuimos al consulado y el firmó el acta correspondiente junto con sus padres, la persona que nos atendio hizo la consulta correspondiente y nos ha llamado para pedirnos un documento emitido por juez a traves de un abogado para certificar su discapacidad, (aqui en Lima con solo presentar el certificado emitido por EsSalud ó Conadis) es suficiente. Necesitamos saber si tienen uds. alguna información sobre bajo que terminós tendriamos que hacer una demanda judicial, y que implicaria en un futuro para nuestro hijo.
Agradeceremos cualquier información al respecto.
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+1 #9 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicaMaría José Alonso Parreño 06-12-2013 23:04
Cito a Mónica:
srta. Maria Alonso Parreño, somos Peruanos y estamos haciendo el tramite a travez del consulado Español en LIma, mi hijo S.Down (moderado)de 14 años, esta en una escuela de enseñanza regular con curricula adaptada. esta reconocido como dispacitado por CONADIS. Sabe leer y escribe con dificultad. (pone su nombre completo).
Fuimos al consulado y el firmó el acta correspondiente junto con sus padres, la persona que nos atendio hizo la consulta correspondiente y nos ha llamado para pedirnos un documento emitido por juez a traves de un abogado para certificar su discapacidad, (aqui en Lima con solo presentar el certificado emitido por EsSalud ó Conadis) es suficiente. Necesitamos saber si tienen uds. alguna información sobre bajo que terminós tendriamos que hacer una demanda judicial, y que implicaria en un futuro para nuestro hijo.
Agradeceremos cualquier información al respecto.

Estudio un poco el tema y le contesto a su correo particular
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0 #10 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicamanuel a. montenegro b 15-01-2014 16:20
GRACIAS POR TODA ESA CANTIDAD DE CONSEJOS IMPORTANTES QUE ME HAN SERVIDO PARA LA CRIANZA DE MI HIJA DOWN. EL SEÑOR LES COLME DE BENDICIONES Y LLENE DE SABIDURIA.
FELICES PASCUAS Y UN BUEN AÑO 2014
MANUEL MONTENEGRO
GUATEQUE BOYACA COLOMBIA
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0 #11 RE: Editorial: El respeto a la personalidad jurídicaLilia Mahecha 28-02-2014 17:46
quiero saber como es eso de la pension anticipada para que mi esposo tenga mas tiempo para nuestro niño
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