Beneficios fiscales

 

María José Alonso Parreño
https://www.alonsoparreno.es/

Derechos en la Convención de la ONU

Los beneficios fiscales en favor de las personas con discapacidad y sus familias están reconocidos en el artículo 28 apartado 1 de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad que se transcribe a continuación:

«Artículo 28 Nivel de vida adecuado y protección social

  1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias, lo cual incluye alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a la mejora continua de sus condiciones de vida, y adoptarán las medidas pertinentes para salvaguardar y promover el ejercicio de este derecho sin discriminación por motivos de discapacidad.»

Normas españolas específicas

Buena parte de la normativa fiscal en España contempla beneficios fiscales destinados a las personas con discapacidad que han obtenido el reconocimiento de grado de discapacidad.

La razón es doble: Por un lado, la merma de capacidad económica de la persona con discapacidad y su familia (menos ingresos). Por otro, el incremento de gastos que supone atender las necesidades que derivan de la discapacidad.

Unas veces se exigen porcentajes de un 33 por 100 de discapacidad reconocida y otras de un 65 por 100, hecho que determina que los contribuyentes con discapacidad y sus familias aspiren a porcentajes altos en el reconocimiento de grado de discapacidad.

Los beneficios fiscales afectan, tanto a los impuestos directos (como puede ser el IRPF), como a los indirectos (como puede ser el IVA).

En la vida diaria, los beneficios fiscales más corrientes, aplicables a personas con discapacidad, son los siguientes:

Es importante además, saber que si en nuestro trabajo hay un Programa de Acción Social, en virtud del cual me compensan ciertos gastos concretos relacionados con la discapacidad, esas compensaciones no se consideran renta. Si se tratara de ayudas por discapacidad sin más, si que se consideran renta.

  • Al comprar una casa en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se trata de un impuesto autonómico, así que los beneficios los fijan las CCAA.
  • Al comprar un coche para la persona con discapacidad, hay que estudiar la posibilidad de exención del impuesto de matriculación (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte), y del impuesto de circulación (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica).
  • Las herencias y donaciones que reciben las personas con discapacidad también tienen beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En Downciclopedia dedicamos espacio a un estudio profundo de cada impuesto, con los beneficios fiscales para las personas con discapacidad que contempla la normativa que lo regula. No todos los beneficios fiscales afectan a las personas con síndrome de Down, puesto que hay múltiples discapacidades de distintos orígenes (por ejemplo actos de terrorismo, accidentes...). Resaltaremos en negrita aquellos aspectos que puedan ser más interesantes para las personas con síndrome de Down.

Los beneficios fiscales son objeto de cambios legislativos frecuentes. Conviene informarse bien y asegurarse de que están vigentes en el momento de aplicarlos