Novedades Jurídicas en la Discapacidad Junio 2016

Leyes y otras normas publicadas en España:

Normativa estatal:

Orden ECD/594/2016, de 25 de abril, por la que se regula la realización de la evaluación final de Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE 26 abril 2016).

El ámbito de gestión del Ministerio de Educación es Ceuta y Melilla y los colegios públicos españoles en el extranjero.

Se contemplan adaptaciones en las pruebas de alumnado con discapacidad en la siguiente disposición:

«Disposición adicional segunda. Alumnado con necesidades educativas especiales.

  1. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de aplicación de las pruebas se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Las medidas podrán incluir adaptaciones de acceso, organizativas, curriculares (cuando el alumnado tenga establecida una adaptación curricular), puesta a disposición del alumnado de los medios materiales y humanos y de los apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la aplicación de las pruebas, o la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.

Las adaptaciones de acceso y organizativas podrán afectar al formato y presentación de las pruebas, así como al tiempo y espacio de aplicación.

  1. Cuando el alumnado tenga establecida una adaptación curricular significativa será evaluado acorde a esta adaptación y nivel correspondiente, y sus resultados no formarán parte del análisis estadístico para el cálculo de los datos globales. Así se procederá también con aquéllos que lleven escolarizados en el sistema educativo español menos de un curso escolar completo y que como consecuencia de ello presenten graves carencias lingüísticas en lengua castellana.
  2. Los responsables de la orientación en cada centro educativo realizarán un informe por cada alumno con necesidades educativas especiales, que será tenido en cuenta a la hora de establecer las adaptaciones que procedan.

Será el equipo psicopedagógico y de orientación de cada centro educativo, junto con el tutor y el profesor de apoyo del alumno, quien elaborará los instrumentos de evaluación y los informes individualizados teniendo en cuenta los resultados de los procesos de evaluación interna y los resultados de la evaluación individualizada, donde se constate el nivel de adquisición de las competencias correspondientes y las posibles medidas a adoptar.

  1. El Servicio de Inspección educativa será el encargado de comprobar el establecimiento de las medidas de adaptación y su adecuación a la necesidad de cada alumno.
  2. En ningún caso las adaptaciones computarán de forma negativa en calificación obtenida en las pruebas.»

Orden ECD/462/2016, de 31 de marzo, por la que se regula el procedimiento de incorporación del alumnado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su implantación (BOE 5 abril 2016)

En general alumnado deberá recuperar las materias cursadas y no superadas de los cursos anteriores si continúan formando parte de la organización del curso correspondiente en la nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato dentro de la programación de la oferta educativa establecida por cada Administración educativa. En el caso del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, deberá tenerse en cuenta para ello las adaptaciones curriculares de acceso, metodológicas y de evaluación realizadas con anterioridad y a lo largo de la etapa.

Comunidades Autónomas:

Andalucía:

Decreto-Ley 2/2016, de 12 de abril, por el que se modifican la Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo; el Decreto-ley 6/2014, de 29 de abril, por el que se aprueba el Programa Emple@Joven y la <<Iniciativa @Mprende+>> y el Decreto-ley 9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el Programa Emple@30+. (BOJA 20 abril 2016).

Aragón:

Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la escolarización de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA 1 abril 2016).

Orden EIE/359/2016, de 13 de abril, por la que se convocan para el año 2016 subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo. (BOA 28 abril 2016).

Orden EIE/306/2016, de 12 de abril, por la que se convocan, para el año 2016, las subvenciones reguladas en la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo (BOA 18 abril 2016).

Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo (BOA 11 abril 2016).

Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo (BOA 1 abril 2016).

Asturias:

Resolución de 22 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado de la educación secundaria obligatoria y se establecen el procedimiento para asegurar la evaluación objetiva y los modelos de los documentos oficiales de evaluación. (BOPA 29 abril 2016).

Resolución de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de la educación secundaria obligatoria. (BOPA 29 abril 2016).

Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2016, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria 2016 de concesión de subvenciones para las Unidades de Apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo (BOPA 29 abril 2016).

Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2016, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se convocan ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad. (BOPA 26 abril 2016).

Baleares:

Ley 5/2016, de 13 de abril, de la renta social garantizada (BOE 2 mayo 2016)Tener una persona con discapacidad a cargo supone una mayor facilidad para acceder a la renta social garantizada (artículo 6, exentos del requisito de ser mayor de 25 años o de formar un hogar independiente seis meses antes de la presentación de la solicitud).

Resolución del consejero de Trabajo Comercio e Industria de 15 de abril de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas. (BOIB 21 abril 2016).

Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 15 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo. (BOIB 21 abril 2016).

Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 15 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante proyectos que generen empleo estable. (BOIB 21 abril 2016).

Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad por la que se convocan ayudas de rehabilitación de viviendas para mejorar su accesibilidad. (BOIB 23 abril 2016).

Castilla y León:

Orden EDU/347/2016, de 21 de abril, por la que se regula la admisión del alumnado de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL 28 abril 2016).

Incluye una cuota de reserva para alumnos con discapacidad.

Cataluña: 

Resolución ENS/956/2016, de 11 de abril, por la que se aprueban las directrices para realizar la prueba de evaluación de sexto curso de la educación primaria y se convoca la prueba para el curso 2015-2016 (DOGC 18 abril 2016).

Galicia:

Resolución de 18 de abril de 2016, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de la evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria y de la evaluación final de educación primaria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia en el curso escolar 2015/16 (DOG 26 abril 2016).

Orden de 23 de marzo de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad transnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2016 (DOG 8 abril 2016).

Madrid:

Orden 1274/2016, de 20 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y de la Consejería de Políticas Sociales y Familia por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la escolarización en centros privados en el primer ciclo de Educación Infantil. (BOCM 6 mayo 2016)

Aunque va dirigida a la edad de 0-3 años se extiende a los 4 años cuando un niño tiene necesidades educativas especiales.

Murcia:

Ley 4/2016, de 15 de abril, de regulación de los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Región de Murcia (BOE 25 mayo 2016)

Esta ley establece la tramitación de urgencia (plazos reducidos a la mitad) para aquellos procedimientos administrativos destinados a garantizar a las personas más vulnerables los recursos económicos y sociales mínimos para la convivencia en condiciones de dignidad e igualdad.

En el anexo que lista los procedimientos de emergencia ciudadana se incluyen los siguientes:

«2) Servicios del sistema de la dependencia.

– Resolución del grado de dependencia.

– Resolución del grado de discapacidad.

– Centros de día.

– Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

– Servicio de ayuda a domicilio.

– Plazas de residencia para personas con discapacidad.

– Prestación económica vinculada al servicio.

– Prestación económica de asistencia personal.

– Servicios de promoción de la autonomía personal.

– Teleasistencia.»

País Vasco:

Ley 3/2016, de 7 de abril, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública (BOE 2 mayo 2016)

Dentro de los pliegos de cláusulas administrativas particulares se podrá incluir la obligación de contratar para la ejecución del contrato a un número de personas con discapacidad superior al legalmente establecido:

«Artículo 4. Cláusulas sociales en la contratación pública.

  1. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán incluir los requerimientos pormenorizados de carácter social sobre el modo de ejecutar el contrato que sean adecuados a sus características, tales como la obligación de dar trabajo a personas desempleadas de larga duración, la organización a cargo del contratista de actividades de formación para personas jóvenes y desempleadas, la adopción de medidas de promoción de la igualdad de género o de medidas de integración de las personas inmigrantes, la obligación de contratar para la ejecución del contrato a un número de personas con discapacidad superior al legalmente establecido, y otros análogos.
  2. Dichos requerimientos no podrán constituir especificaciones técnicas, criterios de selección o criterios de adjudicación encubiertos ni tener carácter discriminatorio, de tal forma que cualquier licitadora o licitador dotado de solvencia técnica para la ejecución del contrato pueda cumplirlos.»

Valencia:  

Decreto 40/2016, de 15 de abril, del Consell, por el que se regula la admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (DOCV 18 abril 2016).

Informes de interés:

El CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) ha publicado su informe anual sobre el cumplimiento de nuestro país con la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad durante el año 2015. Incluye vulneraciones y avances. El informe lleva por título Derechos humanos y discapacidad. Informe España 2015, y ha sido publicado en forma de libro en Madrid, Ediciones Cinca, 2016, 284 p.