Síndrome de Down Novedades Jurídicas Marzo 2018

Destacados:
Jurisprudencia sobre discriminación:
Sentencia del Tribunal Constitucional, Sala Segunda, de 22 de enero de 2018.

En esta interesantísima sentencia, el Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo interpuesto por una persona con discapacidad intelectual (síndrome de Down) a la que no se permitió acceder a una residencia específica para personas con discapacidad intelectual de la Comunidad de Madrid por haber cumplido 60 años y se le derivó a una residencia de mayores ordinaria. La persona presentó antes del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, los siguientes recursos: 1º un recurso de alzada contra la Resolución de la Directora general de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid de 5 de junio de 2012; 2º luego, contra el silencio administrativo del Consejero, interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que fue desestimado; 3º interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo pero se denegó su preparación por el TSJ y por el Tribunal Supremo un recurso de queja; 4º Incidente de nulidad de actuaciones que fue desestimado por el Tribunal Supremo.

La sentencia declara que ha sido vulnerado su derecho fundamental a no ser discriminado por razón de edad y discapacidad (artículo 14 de la Constitución Española) y reflexiona sobre  las razones de discriminación por motivo de discapacidad, la discriminación múltiple, aplica la exigencia de ajustes razonables, y la prohibición de discriminación a la luz de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con Discapacidad.

La Sentencia abre camino para evitar una decisión como la anulada, que se produce en muchas otras comunidades autónomas: las personas con discapacidad mayores no tienen derecho a acceder a servicios previstos para estas, que sí ofrecen mejor atención, sino que deben estar dirigidas a centros de mayores, que  por el contrario, ni están pensados ni cuentan con servicios para personas con discapacidad.

Leyes y otras normas publicadas en España:

Estado:

Orden ECD/144/2018, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla (BOE 21 febrero 2018).

En los procedimientos de admisión de alumnos en las ciudades de Ceuta y Melilla, para los supuestos de prematuridad extrema del alumno en los que proceda flexibilidad para la incorporación a un nivel inferior al correspondiente por edad, se podrá flexibilizar la escolarización de los niños prematuros en el segundo ciclo de Educación Infantil tomando como referencia no su fecha de nacimiento, sino su edad corregida en base a los informes médicos correspondientes.

Además, se habilita la posibilidad de que en el proceso extraordinario de escolarización todos los hermanos de la misma unidad familiar, en los casos de familias numerosas, puedan escolarizarse en el mismo centro.

Resolución de 15 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación del contenido del servicio de teleasistencia básica y avanzada (BOE 15 febrero 2018).

Se trata de una supervisión tecnológica fundamentalmente para personas que viven solas. Puede ser interesante para promocionar la vida independiente de personas con una discapacidad intelectual (síndrome de Down)  leve.

Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, y el Reglamento  de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero (BOE 10 febrero 2018).

Este Real Decreto flexibiliza la liquidez de los fondos de pensiones. En relación con las personas con discapacidad se mantienen el régimen que había, simplemente se hace una adaptación técnica. Enlace a nota del CERMI sobre esta cuestión: http://www.cermi.es/es/actualidad/novedades/informe-sobre-aspectos-de-discapacidad-del-real-decreto-622018-de-9-de-febrero

Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018 (BOE 30 enero 2018).
Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2018 (BOE 29 enero 2018).

Al haber quedado prorrogados de forma automática los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, en virtud de lo dispuesto en el artículo 134.4 de la Constitución Española, procede mantener en sus propios términos las normas de cotización previstas en dicha ley, hasta tanto se aprueben los presupuestos correspondientes al año 2018, si bien con la necesaria adaptación a las modificaciones de ámbito legal que, con posterioridad a la publicación de la Ley 3/2017, de 27 de junio, han incidido en este ámbito, como las llevadas a cabo por el Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, o la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

Orden ECD/42/2018, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2017/2018 (BOE 26 enero 2018).

Artículo 4. Características y diseño de las pruebas. Conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y a lo dispuesto en el artículo 2.3 del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, las características y el diseño de las pruebas comprenderán la matriz de especificaciones, la longitud (número mínimo y máximo de preguntas), tiempo de aplicación, la tipología de preguntas (preguntas abiertas, semiabiertas y de opción múltiple) y los cuestionarios de contexto. Conforme al artículo 8.2 del mencionado Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, se velará por la adopción de las medidas necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. La evaluación de este alumnado tomará como referencia las adaptaciones curriculares realizadas para el mismo a lo largo de la etapa. Particularmente, se contemplarán medidas de flexibilización y metodológicas en la evaluación de lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para los casos de alumnado con discapacidad auditiva, alumnado con dificultades en su expresión oral y/o con trastornos del habla. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

Orden PRA/37/2018, de 16 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables (BOE 24 enero 2018).

Comunidades Autónomas:

Andalucía:

Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOE 10 febrero 2018).

Entre los derechos reconocidos a los estudiantes en el artículo 11 se encuentra el apartado a): «Estudiar y a la igualdad de oportunidades y no ser discriminados por circunstancias personales o socio-económicas, incluida la discapacidad, en el acceso a la Universidad, ingreso en los centros, permanencia en la Universidad y ejercicio de sus derechos académicos.»

Las ofertas de empleo público en la Universidad de Córdoba reservarán un cupo de plazas para personas con discapacidad, de acuerdo con lo que se establezca en las normas de general aplicación, siendo necesario, en todo caso, que los aspirantes superen las pruebas selectivas, que se acredite el grado de discapacidad exigido y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes (artículo 47.2).

La Universidad de Córdoba fomentará la integración laboral de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. A estos efectos, podrá establecer cupos para distintas discapacidades en las reservas de empleo que se efectúen de acuerdo con la legislación vigente y atendiendo a las funciones atribuidas a las distintas plazas. También adoptará las medidas necesarias tanto en la adaptación de tiempos y medios en los procesos selectivos como en la adecuación del puesto de trabajo a las especificidades de las personas con necesidades especiales (artículo 48.4).

Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía (BOE 6 febrero 2018).

Entre los principios básicos de la ley (artículo 4) se encuentra el m): «Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad en los procesos de participación ciudadana que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.»

Además se contemplan medidas para la accesibilidad: «La Administración de la Junta de Andalucía incorporará en los distintos procesos de participación las medidas de accesibilidad física, sensorial y cognitiva y de adaptación de medios y lenguajes a las distintas discapacidades, en cumplimiento de la normativa existente en materia de accesibilidad y respondiendo al principio de facilidad y comprensión.» (artículo 58).

Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía (BOE 6 febrero 2018).

La Comunidad Autónoma llevará a cabo medidas activas de prevención de la discriminación, promoción de la inclusión social y la visibilidad de las personas LGTBI y de las familias homoparentales que se encuentren en situación o riesgo de vulnerabilidad o exclusión social, tales como menores, jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad o personas en situación de dependencia, así como medidas de apoyo a las víctimas de la discriminación (artículo 18.1).

Artículo 22. Personas con discapacidad (síndrome de Down) . «1. La Comunidad Autónoma adoptará las medidas necesarias para garantizar la protección de los derechos y la no discriminación de personas LGTBI con discapacidad, ya sea tanto en su individualidad como en su relación sentimental. 2. Los centros, residencias y servicios de atención a estas personas, públicos o privados, adoptarán las medidas necesarias para que los espacios puedan utilizarse sin que se produzca ningún tipo de discriminación.»

Acuerdo de 19 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de las personas perceptoras de las pensiones del Fondo de Asistencia Social y de las beneficiarias del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos para el año 2018 (BOJA 22 diciembre 2017).

Acuerdo de 19 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de pensionistas por jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas, para el año 2018 (BOJA 22 diciembre 2017).

Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (BOJA 26 diciembre 2017).

Aragón:

Orden EIE/2246/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad (BOA 9 enero 2018).

Orden EIE/2248/2017, de 27 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades (BOA 9 enero 2018).

Orden EIE/2249/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones previstas en la Orden EIE/259/2016, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo (BOA 9 enero 2018).

Orden EIE/2250/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo (BOA 9 enero 2018).

Orden EIE/2251/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 9 enero 2018).

Decreto 200/2017, de 11 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2017 en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 15 diciembre 2017).

Decreto 201/2017, de 11 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2017, para la estabilización de empleo temporal, en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 15 diciembre 2017).

Orden CDS/2042/2017, de 30 de noviembre, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sociales en Aragón (BOA 19 diciembre 2017).

Decreto 187/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de personal docente no universitario (BOA 7 diciembre 2017).

Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la respuesta educativa inclusiva y la convivencia en las comunidades educativas de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA 18 diciembre 2017).

Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributiva (BOA 18 diciembre 2017).

Asturias:

Acuerdo de 14 de diciembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 de la Administración del Principado de Asturias, sus Organismos y Entes Públicos (BOPA 18 diciembre 2017).

Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se regula la acreditación de la cualificación profesional y la habilitación excepcional del personal de atención directa en centros y servicios sociales del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (BOPA 20 diciembre 2017).

Baleares:

Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 8 de enero de 2018 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018 (BOIB 10 enero 2018).

Castilla y León:

Ley 7/2017, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias (BOE 9 febrero 2018)

Esta ley modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ISD.

En relación con las donaciones a personas con discapacidad (síndrome de Down) para la adquisición de vivienda habitual se modifica el apartado 2 del artículo 19 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, para elevar los importes con derecho a reducción del 99 por 100 de la donación a efectos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones:

«2. El importe máximo de la donación con derecho a reducción será de:

180.000 euros (antes 120.000 euros), con carácter general.
250.000 euros (antes 180.000 euros), cuando el donatario tenga la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100.

Estos límites son aplicables tanto en el caso de una única como de varias donaciones, cuando los donantes sean alguna de las personas a las que se refiere el apartado 1 (ascendientes, adoptantes o por aquellas personas que hubieran realizado un acogimiento familiar permanente o preadoptivo).» 

ITP.

Se recoge un tipo reducido del 4% en la adquisición de vivienda habitual cuando el adquirente o algún miembro de su unidad familiar tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. El mismo beneficio es aplicable a las familias numerosas.

Se modifica el apartado 3 del artículo 25 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, que pasa a tener la siguiente redacción:

«3. En las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual se aplicará un tipo reducido del 4 por 100 en los siguientes supuestos:

a) Cuando el adquirente sea titular de una familia numerosa.
b) Cuando el adquirente, o cualquiera de los miembros de su unidad familiar, tengan la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100.

Están exentos del pago de la tasa por la expedición de títulos y certificados y por la realización de pruebas en el ámbito de las enseñanzas no universitarias los sujetos pasivos que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento Tasa (modificación del artículo 139.2 del mismo texto refundido).

Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales (BOCYL 15 enero 2018).

Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2017, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación para los años 2017-2018 (BOCYL 26 diciembre 2017).

Castilla-La Mancha:

Ley 6/2017, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha (BOE 26 enero 2018)

En el desarrollo de todas las actividades, las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha, así como el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha respetarán las condiciones de accesibilidad de las personas con discapacidad en los términos que establezca la normativa de aplicación. La información que se facilite, bajo cualquier formato, y en general, los servicios de atención al destinatario y sus instalaciones deberán ser accesibles a las personas con discapacidad, para lo cual, se tendrán en cuenta las necesidades de los distintos tipos de discapacidad, poniendo a disposición los medios y los apoyos y realizando los ajustes razonables que sean precisos (artículo 6.10).

Acuerdo de 19/12/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2017 (DOCM 22 diciembre 2017).

Orden 203/2017, de 15 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regulan las enfermedades congénitas endocrinas y metabólicas objeto de detección precoz en los recién nacidos (DOCM 19 diciembre 2017).

Resolución de 11/12/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones para la adquisición de materiales curriculares en centros de educación especial privados concertados de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2017/2018 (DOCM 21 diciembre 2017).

Decreto 88/2017, de 5 de diciembre, por el que se regulan las condiciones mínimas exigibles a los centros y servicios destinados a la atención a personas con discapacidad en Castilla-La Mancha (DOCM 26 diciembre 2017).

Cataluña:

Resolución EMC/2851/2017, de 4 de diciembre, por la que se abre la convocatoria de ayudas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para colaborar en la financiación de recursos materiales y ayudas técnicas y personales a fin de garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad (UNIDISCAT) (DOGC 14 diciembre 2017).

Extremadura:

Orden de 1 de diciembre de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas (DOE 19 diciembre 2017).

Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se convocan subvenciones a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad para la prestación de servicios y el mantenimiento de plazas, para el ejercicio 2018 (DOE 15 diciembre 2017).

Orden de 30 de noviembre de 2017 por la que se convocan subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, para el ejercicio 2018 (DOE 15 diciembre 2017).

Galicia:

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018 (DOG 25 enero 2018).

Ley 10/2017, de 27 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia (DOG 2 enero 2018).

Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (DOG 2 enero 2018).

Orden de 5 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a las empresas de inserción laboral (EIL) y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (DOG 2 enero 2018).

Orden de 18 de diciembre de 2017 por la que se modifica la Orden de 30 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas individuales destinadas a la adquisición de servicios de promoción de la autonomía personal, así como a la adquisición de servicios complementarios de asistencia personal, a personas con discapacidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG 22 diciembre 2017).

Madrid:

Extracto de la Orden de 15 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada, por la que se convocan las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en el año 2018 (BOCM 16 enero 2018).

Decreto 144/2017, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2017 (BOCM 14 diciembre 2017).

Murcia:

Decreto n.º 275/2017, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2017 (BORM 16 diciembre 2017).
Decreto n.º 274/2017, de 13 de diciembre, sobre Promoción Profesional de los Empleados Públicos para el año 2017 (BORM 16 diciembre 2017).
Decreto n.º 276/2017, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la administración pública de la Región de Murcia para el año 2017 (BORM 16 diciembre 2017).

Navarra:

Resolución 637/2017, de 27 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de Becas de Educación Especial y Ayudas para alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo para el curso 2017/2018 (BON 11 enero 2018).

Resolución 2952/2017, de 30 de noviembre, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida para personas con discapacidad intelectual (síndrome de Down) , de cinco plazas del puesto de trabajo de grupo o nivel E al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON 16 enero 2018).

Orden Foral 59E/2017, de 15 de noviembre, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales para el año 2018 destinada a ayudas para Proyectos de Empleo Social Protegido (BON 1 diciembre 2017).

País Vasco:

Guipúzcoa:

Decreto Foral 24/2017, de 12 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOG 28 diciembre 2017).

La Rioja:

Ley 2/2018, de 30 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2018 (BOE 13 febrero 2018).

Se ha establecido un incremento en un diez por ciento sobre el mínimo por discapacidad de descendientes regulado en el artículo 60.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así, el mínimo por discapacidad de descendientes será de 3.300 euros anuales. Dicho importe será de 9.900 euros anuales cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. No se modifica la cuantía del concepto ‘gastos de asistencia’ regulado en el párrafo segundo del mencionado artículo 60.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La deducción por las cantidades invertidas durante el ejercicio en obras de adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad se modifica exigiendo certificación de las obras que se realicen.

Orden 9/2017, de 5 de diciembre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se establecen las bases y se inicia el procedimiento para la concesión de ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2017/2018 (BOLR 11 diciembre 2017).

Decreto 48/2017, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2017 (BOLR 4 diciembre 2017).

Comunidad Valenciana:

Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas (BOE 12 febrero 2018)
Se contemplan múltiples exenciones de tasas por razón de discapacidad del propio sujeto pasivo o de algún miembro de la unidad familiar.
Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat (BOE 12 febrero 2018).
Modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos.

Artículo 3. Se modifica la letra n), apartado 1, del artículo 4. Deducciones autonómicas, y el apartado cuatro del artículo 4 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat.

«n) Por arrendamiento de la vivienda habitual, sobre las cantidades satisfechas en el periodo impositivo:

– El 15 %, con el límite de 550 euros.
– El 20 %, con el límite de 700 euros, si el arrendatario tiene una edad igual o inferior a 35 años. La misma deducción con el mismo porcentaje resultará aplicable, con idéntico límite, en el caso de que el arrendatario fuese discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.
– El 25 %, con el límite de 850 euros, si el arrendatario tiene una edad igual o inferior de 35 años y, además, es discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.»

Artículo 14. Se modifican los artículos 4, 25.3, 43, la disposición adicional y la disposición derogatoria de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de las personas con discapacidad, que quedan redactados como sigue:

«Artículo 4. Principios generales. La administración de la Generalitat, o sus entidades autónomas y las empresas de la Generalitat contempladas en la legislación pública valenciana, adoptarán medidas tendentes a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, eliminando los obstáculos que impidan su integración social, rigiéndose en sus actuaciones por los siguientes principios:

  1. Principio de no discriminación, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, tanto directa como indirecta, por motivo de discapacidad, ni discriminación en la forma de negarse a facilitar los ajustes razonables, para que el derecho a la igualdad de trato sea real y efectivo.
  1. Principios de autonomía, promoviendo el mayor grado de autosuficiencia y libre elección de las personas con discapacidad, sin perjuicio de prestarles la asistencia adecuada en los casos en que resulte necesaria por su grado y tipo de discapacidad. Se promoverá, mediante los programas y actuaciones correspondientes, el acceso de las personas con discapacidad a una vida independiente caracterizada por la autosuficiencia económica y la asunción de protagonismo en las decisiones que afectan a su desenvolvimiento diario.
  1. Principio de participación, como derecho de las personas con discapacidad y de las organizaciones y asociaciones que las representen a intervenir en el proceso de toma de decisiones que afecten a sus condiciones de vida.
  1. Principio de integración: la promoción educativa, cultural, laboral y social de las personas con discapacidad, se llevará a cabo procurando su inserción en la sociedad a través del uso de los recursos generales de que se disponga. Sólo cuando por las características de su discapacidad requieran una atención específica esta podrá prestarse a través de servicios y centros especiales.
  1. Principio de igualdad de oportunidades: se garantizará el acceso de las personas con discapacidad a los bienes y recursos generales de la sociedad, si es necesario a través de recursos complementarios y, en cualquier caso, eliminando toda forma de discriminación y limitación que le sea ajena a la condición propia de dichas personas. En la aplicación de este principio, las administraciones públicas tendrán en cuenta las necesidades particulares de las personas o colectivos de personas con discapacidad, sobre todo en cuanto hace al diseño y provisión de servicios y recursos específicos para cada una de ellas, procurando garantizar la cobertura territorial.
  1. Principio de responsabilidad pública: la administración de la Generalitat, o sus entidades autónomas y las empresas de la Generalitat contempladas en la legislación pública valenciana, procurarán, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, los medios y destinará los recursos financieros, técnicos, humanos y organizativos necesarios para alcanzar la plena realización de los principios que se enumeran en el presente artículo. Igualmente, las corporaciones locales, las entidades y organismos públicos, los agentes sociales y las asociaciones y personas privadas, en sus ámbitos de competencias correspondientes, participarán y colaborarán con ese mismo fin.
  1. Asimismo serán de aplicación los principios de la legislación básica estatal y los derechos y principios de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y el resto de normativa que rige esta materia.

Artículo 25. Medidas de fomento para la inserción laboral de las personas con discapacidad. […]

  1. En las ofertas de empleo público de la Generalitat, la reserva de plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad o diversidad funcional se realizará conforme a lo dispuesto en la legislación básica estatal y ley autonómica reguladora de la función pública valenciana. […]

Artículo 43. Tutela de personas con capacidad modificada judicialmente. La administración de la Generalitat apoyará y dinamizará, en coordinación con la Autoridad Judicial, la atención a las personas con diversidad funcional y personas con capacidad modificada judicialmente, promoviendo entidades sociales sin ánimo de lucro que puedan desempeñar la tutela o curatela de aquéllas, de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, y los adecuados servicios de apoyo.

Disposición adicional única. Terminología. Las referencias que en la presente ley y los textos normativos y disposiciones generales de la Generalitat se efectúan a “personas con discapacidad”, se entenderán realizadas de forma indistinta a “personas con discapacidad o diversidad funcional”.

Disposición derogatoria única. Normativa que se deroga. 1. Queda derogado el artículo 21 de Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el sistema de servicios sociales en el ámbito de la Generalitat Valenciana. 2. Quedan derogados los artículos 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57, de la sección 8.ª (De los conciertos) del capítulo V (Integración social) del título II de la presente ley.»

Además se regulan los puntos de encuentro familiares señalando que los profesionales han de contar con formación en discapacidad (síndrome de Down) 

En relación con la vivienda protegida, la presencia de discapacidad en algún miembro de la unidad familiar da preferencia.

Decreto 1/2018, de 12 de enero, del Consell, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la prestación económica para el sostén a la crianza en familias acogedoras (DOCV 19 enero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan subvenciones en materia de igualdad en la diversidad, para el ejercicio 2018 (DOCV 10 enero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones para el desarrollo de programas y servicios de promoción de autonomía de personas con diversidad funcional (DOCV 11 enero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convoca para el ejercicio 2018 las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en equipamiento y obras de centros de atención a personas con diversidad funcional (DOCV 17 enero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convoca para el ejercicio 2018 las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la mejora de las condiciones de accesibilidad al medio físico (DOCV 17 enero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones relativas al Programa Bono Respiro y subvenciones para financiar estancias en centros de día para personas dependientes y en residencias de tercera edad (DOCV 22 enero 2018).

Resolución de 26 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas para el desarrollo de programas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o el asociacionismo de mujeres, en la Comunitat Valenciana (DOCV 3 enero 2018).

Decreto 210/2017, de 22 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2017 para personal de la administración de la Generalitat (DOCV 27 diciembre 2017).

Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión (DOCV 22 diciembre 2017).

Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones dirigidas a la realización de programas de inversión de interés general para atender a fines de carácter social con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Comunitat Valenciana (DOCV 20 diciembre 2017).

Orden 10/2017, de 29 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social (DOCV 1 diciembre 2017).

Resolución de 29 de noviembre de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de la segunda etapa de las subvenciones para el desarrollo del programa mixto de empleo-formación Escoles d’Ocupació Et Formem, destinado a personas con dificultades de inserción laboral o pertenecientes a colectivos vulnerables con cargo al Programa operativo Comunitat Valenciana (POCV), para el ejercicio presupuestario 2018, en aplicación de la Orden 14/2017, de 17 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas (DOCV 1 diciembre 2017).

Decreto 180/2017, de 17 de noviembre, del Consell, de ordenación de las competencias y servicios relativos a las funciones de tutela de la Generalitat respecto a las personas incapacitadas judicialmente o sometidas a procedimientos de incapacitación (DOCV 1 diciembre 2017).

Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social (DOCV 23 diciembre 2017).