Síndrome de Down Novedades Jurídicas Abril 2018

Leyes y otras normas publicadas en España:

Estado:

Real Decreto-ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de las corporaciones locales para inversiones financieramente sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas (BOE 24 marzo 2018).

Las corporaciones locales (ayuntamientos, diputaciones, cabildos, consejos, etc.) en situación de superávit presupuestario, podrán destinar parte del mismo a obras y actuaciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad y personas mayores.

La norma publicada establece en relación con la gestión del patrimonio de las corporaciones locales que estas “podrán incluir (…) la rehabilitación, reparación y mejora de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público incluyendo las actuaciones de adaptación de infraestructuras que permitan la accesibilidad universal para personas con discapacidad y personas mayores”.

Resolución de 15 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020 (BOE 20 marzo 2018).

Esta estrategia está dirigida a impulsar la Economía Social y sus empresas. Dentro de ella se contempla la inclusión laboral de las personas con discapacidad. A continuación se transcribe como la Estrategia formula el reto de incorporar a las personas con discapacidad:

«Uno de los principales retos de nuestro mercado laboral es también la incorporación de uno de los colectivos con mayores dificultades de inserción, las personas con discapacidad. En este sentido, debemos analizar la evolución de la cuota de reserva en empresas públicas y privadas en favor de los trabajadores con discapacidad y sus medidas alternativas, reguladas en el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y en el Real Decreto 364/2005, respectivamente. Los datos proporcionados por el Servicio de Empleo Público Estatal constatan una evolución positiva respecto al número de trabajadores con discapacidad que se benefician de las modalidades laborales alternativas a la cuota de reserva. Mientras que en 2011 estas medidas, aplicaron por 6.075 trabajadores, en 2016 el número de trabajadores con discapacidad que se beneficiaron de las mismas asciende a 10.160 en total. En este sentido, cabe destacar la valiosa actividad desarrollada por los Centros Especiales de Empleo como una de las fórmulas más fructíferas y firmes para impulsar y consolidar el empleo de las personas con discapacidad y su encaje en las empresas del mercado ordinario. Su objetivo principal es proporcionar a estos trabajadores la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo. Al menos el 70% de su plantilla está compuesta por trabajadores con discapacidad y respecto a la gestión y presupuesto de los mismos, es preciso señalar que, en virtud de los reales decretos sobre traspaso de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, hoy Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las comunidades autónomas tienen asumidas las competencias en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo. Actualmente, para cada ejercicio económico se distribuyen territorialmente a las comunidades autónomas subvenciones del ámbito laboral y para políticas activas de empleo, entre ellas las del Programa de oportunidades de Empleo para Personas con Especiales Dificultades –en el que se enmarcan las ayudas a los Centros Especiales de Empleo (CEE)–. Esta partida fue la que más creció a partir del año 2012 en materia de políticas activas pasando de 210 millones en 2012 a 234 en 2013 y 2014, 260 millones en 2015 y 380,4 millones en 2016, lo que supone un incremento del presupuesto respecto a la dotación de 2012 de cerca del 81 % y con respecto al 2015 del 46 %. La partida destinada a este programa en 2017 asciende a 382.562.210 millones de euros, lo que supone un 6,5 % de aumento con respecto al año anterior y un incremento del 82,17 % respecto a 2012. Analizando el impacto de este incremento progresivo en el periodo comprendido entre 2009 y 2016, concluimos que éste se traduce en un aumento en el número y en la plantilla de los Centro Especiales de Empleo del 5 % y del 35 % respectivamente. Los CEE son, por tanto, un primer paso para que las personas con discapacidad adquieran capacitación y experiencia laboral, pero uno de los verdaderos desafíos de estos Centros es el de convertirse en verdaderos puentes entre el empleo protegido y el empleo ordinario. Por ello, y con el fin de mejorar las cifras expuestas, esta Estrategia cobra aún más importancia para abordar la revisión de los Enclaves Laborales y la consecución de su principal objetivo: hacer efectivo y real el tránsito desde el empleo en los CEE al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad, a través de la incorporación a la plantilla de la empresa.»

Dentro de los Ejes de actuación, en el Eje 1 (Apoyo al empleo y al emprendimiento en el ámbito de la economía social), se contemplan medidas como las siguientes:

«2. Incentivos al empleo en las entidades de la economía social. Con la finalidad de estimular la creación de nuevas empresas y entidades de la economía social y de nuevos empleos asociados a las mismas y a las empresas ya existentes y consolidadas, se continuarán aplicando los incentivos para la incorporación de socios y trabajadores a las cooperativas y sociedades laborales; el fomento de la contratación indefinida por cuenta ajena en las entidades de la economía social; y el apoyo a la labor de las entidades que tienen como objeto social la creación de empleo para personas con discapacidad y colectivos en riesgo de exclusión social. Para ello se prevén las siguientes actuaciones:

2.1 Incentivos a la incorporación de socios en las sociedades cooperativas y sociedades laborales y a la contratación por cuenta ajena en estas empresas: En relación a estos incentivos, continuarán aplicando los incentivos al empleo en las entidades de economía social ya vigentes. Del mismo modo, se continuarán aplicando los incentivos ya vigentes para fomentar el empleo de jóvenes y de colectivos en riesgo de exclusión social en la economía social, así como la no discriminación por edad para la incorporación de desempleados como socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales.

2.2 Incentivos al empleo de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social a través de empresas y entidades de la economía social: Se continuará impulsando la labor de los Centros Especiales de Empleo, de las Empresas de Inserción y de las Cooperativas de Iniciativa Social, para facilitar las posibilidades de inserción laboral de aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de empleabilidad, mediante la aplicación de los incentivos vigentes.

2.3 Incentivos al emprendimiento colectivo por medio de cooperativas y sociedades laborales: El emprendimiento colectivo se ha constituido como un factor clave en la generación de empleo. Para potenciar este tipo de emprendimiento, se continuarán aplicando los incentivos al empleo en las entidades de economía social vigentes.»

  1. Transposición de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública. Relacionado con el desarrollo y aplicación práctica de la normativa de contratación pública y su uso como un instrumento de generación de valor social, se ha promulgado la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Este marco jurídico permitirá poner en marcha las siguientes medidas:

5.1 Informar sobre el marco jurídico vigente teniendo en cuenta el derecho de la competencia y la normativa de contratación pública sobre los aspectos relacionados con los contratos relativos a los servicios educativos, culturales, sanitarios o sociales a empresas propiedad de los trabajadores o en las que éstos participan en la gestión de la misma. Esta medida continúa el camino marcado por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, extiende la posibilidad de reserva en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos a las empresas de inserción, posibilidad de reserva que ya existía para los Centros Especiales de Empleo, respecto de las personas con discapacidad. Esta norma también reconoció a las Empresas de Inserción y a los Centros Especiales de Empleo como entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General, lo que supuso que las subvenciones concedidas a estas entidades estén sometidas ahora al Reglamento 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, y puedan alcanzar los 500.000 € en un período de tres años cuando hasta la fecha el máximo era de 200.000 € en el mismo periodo de tiempo. En cualquier caso, la reserva de ciertos contratos de servicios sociales, culturales y de salud a entidades de economía social deberá supeditarse al cumplimiento de los demás requisitos establecidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

5.2 Las distintas administraciones públicas, en el marco de sus competencias, podrán tener en cuenta, y a la vista del interés general, las fórmulas que se consideren más apropiadas para el cumplimiento de sus fines, ofreciendo oportunidades también al ecosistema de la economía social, con los principios de igualdad de competencia y concurrencia competitiva.

5.3 Fomentar el desarrollo de cláusulas sociales de contratación que permitan que el valor diferencial de la Economía Social sea tenido en cuenta en los procesos de contratación pública por parte de las diferentes administraciones.

5.4 Elaborar un mapa regionalizado que refleje el nivel de implantación de esta medida y refleje el porcentaje de empresas de la economía social que acceden a contratos públicos y los puestos de trabajo generados.

5.5 Elaborar un mapa regional con las diversas cláusulas sociales y reservas de mercado que tengan implantación en los distintos territorios. Como señala la Directiva de Contratación Pública 2014/24/UE, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo, la contratación pública desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020, y se constituye como un elemento fundamental para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos. 

En el Eje 4 (Generación de mecanismos innovadores de participación de la Economía Social en sectores estratégicos) se incluye la siguiente medida:

«20. Promover que las empresas de la economía social participen en las actividades de I+D+i recogidas en el «Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020», en los ámbitos de la salud, el cambio demográfico y el bienestar. La transformación demográfica, la cronificación de ciertas enfermedades, el big data y el impacto económico de los nuevos tratamientos, plantean no solo la necesidad de fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación orientados a dar respuesta a estas manifestaciones, sino también claras oportunidades económicas. Estas nuevas dinámicas suponen efectivamente retos y oportunidades económicas en materia de salud y servicios sociales, no solo desde una perspectiva asistencial y sanitaria, sino también tecnológica, de investigación, desarrollo e innovación, que afectarán al diseño de los sistemas sociales y sanitarios, haciéndolos más sostenibles, eficaces, eficientes y de mayor calidad. En este contexto, la economía de la salud, clave para la incorporación horizontal del enfoque económico en la búsqueda y generación de valor y de eficiencia; la economía de plata y la economía de la discapacidad, son ámbitos de actuación que brindan nuevos mercados y nuevas formas de abordarlos.

El cambio demográfico representa un reto para la investigación orientada a analizar su impacto en los modelos de articulación territorial, la distribución y concentración de las actividades económicas y del empleo, o la preservación y conservación de los entornos rurales y el patrimonio cultural y natural. La denominada «Economía de plata», como ámbito contemplado en la Estrategia por el cambio demográfico, ofrece desde una perspectiva omnicomprensiva: oportunidades en gestión asistencial, en investigación y en nuevas respuestas a los trastornos asociados al envejecimiento, así como en rehabilitación y desarrollo de entornos asistidos y orientados al abordaje de la fragilidad, la dependencia y la discapacidad. Lo mismo ocurre con la economía de la discapacidad, como ámbito de actuación de la Estrategia Española sobre discapacidad 2012-2020, en la que se debe promover la identificación de nichos y oportunidades de mercado aún no cubiertos o con escaso desarrollo, catalizar nuevas oportunidades de investigación, desarrollo e innovación, y fomentar la conexión entre la industria, la empresa y la universidad, así como los partenariados público privados.»

En el Eje 9  (Fomento de la igualdad de género y de la inclusión social en la economía social) se incluyen los siguientes Objetivos:

«Uno de los principios orientadores de la economía social es, tal y como recoge la propia Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión social, la inserción de personas en riesgo de exclusión social, la generación de empleo estable y de calidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad. Con objeto de dar a conocer cómo la economía social contribuye a la reducción de las desigualdades existentes entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y empresarial, se articularán diversas medidas que permitan poner en valor la apuesta de este modelo por la igualdad de oportunidades y no discriminación, por un comportamiento que gestiona y vela por la equidad e igualdad entre sus trabajadores/as y sus socios/as, lucha contra la discriminación y la brecha salarial y promueve una economía más participativa, colaborativa y social. Asimismo, la economía social ha gozado de un protagonismo histórico como principal proveedora de servicios y actividades empresariales que contribuyen a la inclusión social de aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de empleabilidad, y ello tanto en el ámbito de la acción social como en el de la inserción socio-laboral, sectores estratégicos para un país, en los que se debe mantener y fomentar el papel activo de intervención de la economía social.

Medidas:

Seguimiento de la evolución y publicación de los datos del número de personas en situación de exclusión social en empresas de inserción y demás empresas y entidades de la economía social y del número de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Se promoverá la articulación de mecanismos que permitan conocer y difundir el impacto social de la actividad desarrollada por empresas de inserción y demás empresas y entidades de la economía social y centros especiales de empleo, lo que contribuirá a la puesta en valor y reconocimiento de estas entidades.»

Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOE 10 marzo 2018).

El nuevo Plan afronta el reto demográfico y el fenómeno del envejecimiento. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, la edad media de la población española ha aumentado 2,2 años desde el año 2007, situándose en los 42,9 años frente a la media de 39,5 años de la Unión Europea. Existen más de 8 millones de personas de más de 65 años. Esta realidad demanda que la sociedad se prepare desde distintos ámbitos para dar respuesta a las necesidades de las personas de avanzada edad y el Plan Estatal 2018-2021 lo hace, tanto en un sentido transversal a través de medidas para favorecer la accesibilidad o la eficiencia energética, como de una manera específica, a través de un programa de promoción de viviendas con instalaciones y servicios comunes adaptados.

En paralelo las personas con discapacidad, en torno a 3.000.000 en España, según la Base Estatal de Datos de Personas con Valoración del Grado de Discapacidad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, requieren de una respuesta social similar capaz de atender las necesidades de viviendas adecuadas a su particularidad. Así, el programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad, ayuda a la promoción de edificios y conjuntos residenciales que cuenten con instalaciones y servicios comunes adecuados para ellas, tales como asistencia social, atención médica básica, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales, así como terapias preventivas y de rehabilitación, que contribuyen a mejorar su calidad de vida y que constituye un ámbito de actividad orientado al futuro que es necesario apoyar desde las Administraciones Públicas. Las viviendas que obtengan financiación con cargo a este programa solo podrán ser ocupadas en régimen de alquiler o de cesión en uso, con renta o precio limitado, por personas mayores o con discapacidad con recursos económicos limitados. En otro orden, los programas de fomento del parque de viviendas en alquiler y de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad pueden contribuir, además, a activar y a completar las reservas mínimas obligatorias de suelo que el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, y la legislación urbanística autonómica demandan para la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. Ello siempre que las mismas cuenten con los requisitos legales específicamente demandados por aquélla legislación.

Entre los objetivos del Plan Estatal 2018-2021 está el facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a las personas con discapacidad, en régimen de alquiler o de cesión en uso con renta o precio limitado, mediante el fomento de conjuntos residenciales con instalaciones y servicios comunes adaptados.

Con el número 9 se incluye el Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.

Resolución de 22 de febrero de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2018/2019 (BOE 6 marzo 2018).

Comunidades Autónomas:

Andalucía:

Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de los servicios sociales (BOJA 23 febrero 2018).

La figura del concierto social, de acuerdo con el artículo 101 de la Ley 9/2016 de Andalucía, es el instrumento por medio del cual se produce la prestación de servicios sociales de responsabilidad pública a través de entidades, cuya financiación, acceso y control sean públicos y en el que se le dará prioridad a las entidades de iniciativa social que cumplan con las condiciones establecidas en la Ley, pudiéndose excepcionalmente, en ausencia de entidades de iniciativa social concertar con entidades privadas con ánimo de lucro.

El Decreto los aspectos y criterios a los cuales han de someterse los conciertos sociales, que contemplarán siempre los principios recogidos en la ley. Estos aspectos y criterios se referirán al cumplimiento de los requisitos previstos, a la tramitación de la solicitud, a la formalización, condiciones de actuación de las entidades concertadas, a la vigencia o la duración máxima del concierto y sus causas de extinción, a las condiciones para su renovación o modificación, a las obligaciones de las entidades que presten el servicio concertado y de la Administración Pública otorgante del concierto social, a la sumisión del concierto al derecho administrativo, y otras condiciones necesarias en el marco de lo previsto en la ley.

Por otro lado, el presente Decreto viene a establecer la obligatoriedad de la incorporación en los conciertos sociales de cláusulas sociales y ambientales, con el fin de contribuir a un empleo de calidad con un fuerte compromiso social y ambiental, aunando gestión de las políticas sociales, balance social y redistribución equilibrada de la riqueza,

Orden de 13 de febrero de 2018, por la que se aprueba el modelo de solicitud del reconocimiento del grado de discapacidad (BOJA 20 febrero 2018).

Aragón:

Decreto 14/2018, de 23 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios en Aragón (BOA 6 febrero 2018).

No pueden introducirse animales salvo los perros de asistencia para personas con discapacidad.

Extremadura:

Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura (BOE 10 marzo 2018).

Entre los colectivos con especial protección por parte de la Administración están las personas con discapacidad.

La Junta de Extremadura promoverá la implantación de políticas y de actuaciones dirigidas a facilitar el acceso de las personas con discapacidad a la información previa a la contratación, y, en especial, a la utilización del sistema braille en el etiquetado de los productos, especialmente respecto a los bienes que afecten a la salud y la seguridad.

La dirección general competente en materia de consumo elaborará y difundirá una guía de lectura fácil sobre los derechos y deberes de los consumidores y de las consumidoras dirigida preferentemente a personas con discapacidad física o psíquica o que en general tengan dificultades para una comprensión lectora.

Todo ellos está regulado en el nuevo artículo 5 del Estatuto de Consumidores.

Asturias:

Acuerdo de 14 de febrero de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 de la Administración del Principado de Asturias, sus Organismos y Entes Públicos (BOPA 20 febrero 2018).

Se da cumplimiento al decreto 6/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el acceso a la función pública de la administración del Principado de Asturias y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, siendo así que del total de plazas ofertadas se reserva un 7% para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad. Concretamente se reservan 8 plazas para el turno libre, y dentro de este turno 2 para discapacidad intelectual, que supone un 2% de las plazas que conforman dicho turno.

Resolución de 6 de febrero de 2018, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales para 2018 (BOPA 15 febrero 2018).

Resolución de 26 de enero de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones, organizaciones no gubernamentales e instituciones privadas, sin ánimo de lucro, para la realización de actuaciones de compensación educativa dirigidas a favorecer la equidad (BOPA 21 febrero 2018).

Baleares:

Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 6 de febrero de 2018 por la cual se actualizan los indicadores de referencia de los servicios asistenciales de la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Islas Baleares para el año 2018 (BOIB 15 febrero 2018).

Cantabria:

Extracto de la Orden HAC/03/2018, de 29 de enero de 2018, por la que se aprueba la convocatoria para 2018 de subvenciones del Programa de colaboración del SCE con las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la inserción laboral de personas desempleadas (BOCA 7 febrero 2018).

Castilla-La Mancha:

Orden 13/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia y para la realización de programas de prevención para personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo en Castilla-La Mancha (DOCM 8 febrero 2018).

Galicia:

Decreto 23/2018, de 15 de febrero, por el que se modifica el Decreto 149/2013, de 5 de septiembre, por el que se define la cartera de servicios sociales para la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, y se determina el sistema de participación de las personas usuarias en el financiamiento de su coste (DOG 26 febrero 2018).

Se modifican las tablas de participación económica del anexo II del Decreto 149/2013, de 5 de septiembre, en relación a los servicios 02103, Servicio de atención diurna terapéutica, 020104, Servicio de atención diurna terapéutica de media estancia, 020105, Servicio de atención diurna, 020106, Servicio de atención diurna de media estancia contenidos en la cartera de servicios para personas dependientes con alzhéimer (0201).

Orden de 13 de febrero de 2018 por la que se convocan ayudas para financiar actividades de las confederaciones y federaciones de madres y padres del alumnado y de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de educación especial para el año 2018 (DOG 23 febrero 2018).

Orden de 31 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la primera convocatoria de las subvenciones para la financiación de las acciones formativas con compromiso de contratación en unidades formativas de las empresas y de los incentivos a la contratación (DOG 5 febrero 2018).

Orden de 29 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción, y se convocan para el año 2018 (DOG 5 febrero 2018).

Orden de 22 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se convocan para el año 2018 (DOG 2 febrero 2018).

Madrid:

Acuerdo de 20 de febrero de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid (BOCM 21 febrero 2018).

Resolución de 12 de febrero de 2018, del Director General del Servicio Público de Empleo, por la que se ordena la publicación del modelo de solicitud de subvención para el fomento de empleo de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo y sus anexos (BOCM 26 febrero 2018).

Resolución 155/2018, de 19 de enero, del Director General de Atención a la Dependencia y al Mayor, por la que se determina para el año 2018 la participación económica del usuario en la financiación del coste del servicio de ayuda a domicilio (BOCM 5 febrero 2018).

Resolución 156/2018, de 19 de enero, de la Dirección General de Atención a la Dependencia y Mayor, por la que se fija, para el año 2018, el importe mensual que deben aportar los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en residencias para personas mayores (BOCM 5 febrero 2018).

Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro (BOCM 2 febrero 2018).

Murcia:

Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad (BORM 28 febrero 2018).

Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo (BORM 5 febrero 2018).

Decreto n.º 4/2018, de 24 de enero, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad en la Región de Murcia (BORM 2 febrero 2018).

La Rioja:

Decreto 5/2018, de 16 de febrero, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad (BOLR 21 febrero 2018).

País Vasco:

Álava:

Decreto Foral 5/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 30 de enero. Aprobar la actualización de las cuantías máximas desde el 1 de enero de 2018 de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en Álava: prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, prestación económica de asistencia personal y prestación económica vinculada al servicio (BOTHA 12 febrero 2018)

Valencia:

Orden 5/2018, de 13 de febrero, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación laboral para personas desempleadas inscritas en el SERVEF (DOCV 16 febrero 2018).

Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2018 subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas con diversidad funcional o enfermedad mental en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 7/2016, de 29 de junio, de la Conselleria de Economía sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOCV 2 febrero 2018).