Buenos días: en la actualidad disfruto del título de familia numerosa general gracias a un familiar con síndrome de down que está incapacitado y bajo mi tutela. Ahora está previsto que este familiar, el cual está empadronado conmigo, obtenga una plaza en una residencia de la Comunidad en una localidad cercana al domicilio familiar. Mi pregunta es si puedo seguir disfrutando de los beneficios de familia numerosa, pues me parece que la Ley cita casos como estudios, ingreso en prisión, enfermedades, etc., pero no el que cito.
Me gustaría conocer su opinión. Muchas gracias.