Normativa sobre evaluación

  • CHUS
  • Autor del tema
14 años 6 meses antes #51192 por CHUS
Respuesta de CHUS sobre el tema Re: Normativa sobre evaluación
Hola Manoli, mi hija está en 6º EP y durante toda su etapa escolar he recibido trimestralmente junto al boletín de notas un informe firmado por la PT, AL, tutor en el que se informa de los objetivos del trimestre, la ACI, las horas de apoyo dentro y fuera del aula, en las asignaturas que recibe apoyo, evaluación de logros y sobre qué hay que seguir insistiendo en el próximo trimestre, consejos para la familia, información por áreas de los contenidos trabajados...

*** art. 91.h de la LOE dice: “h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo”.


***ORDEN EDU/865/2009, de 16 de abril, por la que se regula la evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en el segundo ciclo de educación infantil y en las etapas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en la Comunidad de Castilla y León. (algo similar lo tiene que haber en todas la comunidades)
“Artículo 8.– Información a las familias.
Los tutores informarán por escrito a los padres, madres o tutores legales de los alumnos, al menos trimestralmente, de los resultados de la evaluación por áreas, materias o ámbitos, según las enseñanzas, de los progresos o dificultades detectadas en la consecución de los objetivos del currículo y de las adaptaciones curriculares, del desarrollo o logro, en su caso, de las competencias básicas, de la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno, del proceso de integración socioeducativa, de la aplicación de las medidas de apoyo y adaptación adoptadas con conocimiento previo de las familias y de las decisiones de promoción o titulación”.

***El consejo escolar aprueba cada curso la P.G.A. (programación general anual) tiene que tener un apartado dirigido a atención a la diversidad y ahí tratar los objetivos del centro educativo con los acnees, y dentro del apartado de funciones de PT, AL, fisio, ATE, etc. especificar cosas como la que figura en la PGA del centro escolar de mi hija.

“CON LAS FAMILIAS:
Colaborar con el profesorado tutor en las actuaciones con las familias, en relación al proceso de ensenanza-aprendizaje del alumnado con necesidades educativas especiales con el que interviene.
Personalmente proporcionado a las familias el informe trimestral de sus hijos y atendiendo cualquier demanda en relación con su educación solicitando su colaboración cuando sea preciso”.

Aparte de esto tengo reuniones trimestrales conjuntas en las que está la tutora, PT y orientadora del centro, donde planteo todo aquello que considero importante, aporto información médica, actividades extraescolares, actividades en la asociación síndrome de down, si ese trimestre hay algo digno de mención, en la última del curso planificamos los libros a comprar en el siguiente, de los horarios de atención, de su comportamiento, de su socialización, si hay algún problema con los compañeros de grupo o en los recreos, de su autonomía, participación en clase, de la promoción al final de cada ciclo, de los exámenes, etc. etc.

Y diariamente a través de la agenda escolar, donde apuntamos material que tiene que llevar, deberes y tareas que tiene que hacer en casa, fecha de exámenes, etc.

Esta ha sido la dinámica habitual por iniciativa propia y saben que si no me citan a tiempo yo les recordaré que tenemos que vernos, a parte reuniones en horas de tutoría con el resto de profes: inglés, música, E.F., etc o cuando surge cualquier tema importante.
  • Emilio Ruiz
14 años 6 meses antes #51190 por Emilio Ruiz
Respuesta de Emilio Ruiz sobre el tema Re: Normativa sobre evaluación
Estimada Manoli:

No existe una normativa clara sobre la información que se ha de pasar a las familias respecto al rendimiento de los alumnos con necesidades educativas especiales o específicas. La LOE (Ley Orgánica 2-2006, de 3 de mayo, de Educación, BOE 4-5-2006), dedica el Título II a la Equidad en educación, y su Capítulo I al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, pero no determina qué información se ha de proporcionar a los padres.

Por otro lado, cada Comunidad Autónoma ha legislado, concretando los principios que la LOE establece, de forma distinta, por lo que lo primero que te recomiendo es que te informes sobre la legislación específica que para este tipo de alumnado existe en tu Comunidad Autónoma, pues es posible que ahí sí se establezca qué información, de qué tipo (cuantitativa o cualitativa) y con que periodicidad se ha de entregar a la familia.

En principio, el boletín de notas ordinario con los correspondientes asteriscos especificando las materias en que es objeto de adaptación curricular significativa es suficiente para cumplir la ley. Sin embargo, se suele recomendar que a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo se les proporcione información adicional de carácter cualitativo, que recoja la evolución de su aprendizaje respecto a su adaptación curricular. Este información más exhaustiva, en principio, no es obligatoria y depende de los centros el proporcionarla o no.

Te doy una última sugerencia, por si quieres tener claro a qué tienes derecho y es que te pongas en contacto con el orientador del centro al que acude tu hijo y, si llega el caso, con el inspector del centro, para que te informen sobre tus dudas, ya que esa es también responsabilidad suya.

Un cordial saludo

Emilio Ruiz
Canal Down21
  • Manoli
  • Autor del tema
14 años 6 meses antes #51188 por Manoli
Normativa sobre evaluación Publicado por Manoli
Buenas noches: necesitaría saber la normativa sobre la evaluación de alumnos con NEE y el tipo de información trimestral para la familia. Mi hijo cursa 2º de primaria y en diciembre no recibí más que el boletín de notas ordinario con sus correspondientes asteriscos en lengua, mates y conocimiento. Saludos
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