Estimada Elena: Entiendo que usted tiene reconocido un grado II de dependencia y que vive en Extremadura. Entiendo que en su programa individual de atención figura Prestación económica por cuidados en el entorno familiar ¿es así?Entiendo que consideran que su marido no es idóneo para ser su cuidador no profesional. ¿no hay otra alternativa entre su familia o algún vecino? ¿ha pensado en optar por otra prestación, por ejemplo una ayuda a domicilio? Se lo digo porque puede recurrir pero desde 2012 se dio más poder a los trabajadores sociales para decidir la prestación económica por cuidados en el entorno familiar que se considera excepcional. Veo pocas posibilidades de éxito en el recurso viendo la normativa de Extremadura.Mire el artículo 14 de la Orden de la CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL de 30 de noviembre de 2012 por la que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades, aplicables en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE 5 de diciembre de 2012). Puede descargarla desde el siguiente enlace:https://saludextremadura.ses.es/sepad/detalle-contenido-estructurado?content=normativa_atencion_a_la_dependencia Un saludo cordial, María José Alonso Parreño