Hola, tengo varias dudas:
1. La prestación por hijo a cargo para mayores de 18 años varía en función del grado de discapacidad solamente o depende del nivel de ingresos familiar también ?
2. La prestación complementeria por necesidad de tercera persona, ahora que no se contempla en el certificado de discapacidad, cómo se obtiene, simplemente con un grado de dependencia cualquiera o alguno en concreto ?
2.1. La prestación complemnetaria por necesidad de tercera persona es compatible con la prestación por hijo a cargo con discapacidad superior al 75%?
3. Las prestaciones anteriores son todas compatibles con cualquier tipo de prestación de dependencia, cuando se elige la opción de cuidados en el entorno familiar, prestación vincualada al servicio y asistente personal.
4. Qué grado de compatibilidad existe en la Ley de Dependencia entre distintas opciones: asistente personal, cuidados en el entorno familiar, pestación vinculada al servicio, ayuda a domicilio, etc.
Buenas tardes Chus:
Contesto a tus dudas:
1. La prestación por hijo a cargo mayor de 18 años no depende del nivel de ingresos sino del grado de discapacidad que como mínimo debe ser de un 65 por 100.
2. La prestación complementaria por tercera persona requiere un grado de discapacidad mínimo del 75 por 100, tener más de 18 años y un grado de dependencia cualquiera.
3. La prestación por hijo a cargo básica es compatible con cualquier prestación económica del sistema de dependencia. El complemento por ayuda de tercera persona, si es concedido y la persona cobra una prestación económica del sistema de dependencia, el importe del complemento de tercera persona se descuenta de la prestación de dependencia.
4. Las compatibilidades e incompatibilidades en el sitema de dependencia están parcialmente reguladas en el Real Decreto Ley 20/2012, pero también las Comunidades Autónomas han dictado sus propias normas sobre compatibilidades e incompatibilidades. Tendrías que acotar la pregunta a una Comunidad Autónoma para que pueda responderla.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño