Estimado Carlos:
Entiendo que cobra una pensión no contributiva de invalidez.
Creo que el problema no se presenta al comprar el piso, sino si lo alquila y percibe rentas o si lo vende más adelante generando plusvalías.
Le doy enlaces a la normativa que regula esta cuestión para que lo analice en detalle según su caso:
Web del IMSERSO:
www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y...requisitos/index.htm
Orden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, sobre rentas o ingresos computables y su imputación.
www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-18478
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño