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Patrimonio Protegido
- María José Alonso
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6 años 11 meses antes #60784
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Patrimonio Protegido
Estimado Joaquín. Al abrir la cuenta se informa al banco de que es una cuenta de un patrimonio protegido y si el administrador es persona distinta de la persona con discapacidad se entrega al banco copia de la escritura de constitución del patrimonio protegido para que sirva de prueba de quien es el titular y quien el administrador. Si no se hizo en su momento hable con el banco y si no se lo rectifican directamente supongo que se puede hacer un acta notarial explicando todo. Hable con el notario que autorizó la escritura de venta.
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño
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- Joaquin
- Autor del tema
6 años 11 meses antes #60779
por Joaquin
Respuesta de Joaquin sobre el tema Patrimonio Protegido
Hola buenas tardes:
La parte del préstamo que atendió mi hijo en los tres primeros años del hipotecario, fue ingresado en su cuenta corriente habitual.
La actas notariales de las aportaciones fueron facilitadas a la Agencia Tributaria en los años en que nos las solicitaron.
Desconozco como se establece una cuenta en un banco con indicación de que ese importe es un patrimonio protegido. Hay que hacer un acta notarial?- Ruego respuesta de como se hace, si es posible Gracias
La parte del préstamo que atendió mi hijo en los tres primeros años del hipotecario, fue ingresado en su cuenta corriente habitual.
La actas notariales de las aportaciones fueron facilitadas a la Agencia Tributaria en los años en que nos las solicitaron.
Desconozco como se establece una cuenta en un banco con indicación de que ese importe es un patrimonio protegido. Hay que hacer un acta notarial?- Ruego respuesta de como se hace, si es posible Gracias
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- María José Alonso
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6 años 11 meses antes #60777
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Patrimonio Protegido
Estimado Joaquin:
Lo que tenía que quedar claro en la escritura de venta del piso es que la parte de su hijo del producto de la venta formaba parte de un patrimonio protegido. Como habían pasado más de cinco años desde que lo compró no veo problemas fiscales. Entiendo que fue haciendo acta notarial anual de las aportaciones que hizo en su día para pagar el préstamo.
También debe estar claro en la cuenta actual de su hijo que el saldo forma parte de un patrimonio protegido. ¿no hay otra parte de su hijo que pagó él y que no forma parte del patrimonio protegido?
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
Lo que tenía que quedar claro en la escritura de venta del piso es que la parte de su hijo del producto de la venta formaba parte de un patrimonio protegido. Como habían pasado más de cinco años desde que lo compró no veo problemas fiscales. Entiendo que fue haciendo acta notarial anual de las aportaciones que hizo en su día para pagar el préstamo.
También debe estar claro en la cuenta actual de su hijo que el saldo forma parte de un patrimonio protegido. ¿no hay otra parte de su hijo que pagó él y que no forma parte del patrimonio protegido?
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso
- joaquin
- Autor del tema
6 años 11 meses antes #60772
por joaquin
Patrimonio Protegido Publicado por joaquin
En el año 2006 mi hijo y yo compramos un piso al 50%. con una hipoteca que se fue pagando al 50%. Con fecha 2009 por motivos económicos mi hijo como no podía atender la parte que le correspondía de dicha hipoteca, establecí un Patrimonio Protegido, para atender la parte de su cuota. Con fecha 2015 quedo el préstamo cancelado, sin que se aportara mas ingreso a dicho Patrimonio. Con fecha Abril 2019 dado que mi hijo se había trasladado de localidad el piso fue vendido, estableciendo una cuenta corriente a favor solo de mi hijo por el total del importe que me había desgravado con el fin de que dicho importe fuera utilizado en un futuro en la compra de otro vivienda o para cubrir sus necesidades vitales en función de lo que marque la Ley. Es correcta esta operación de cara a una posible inspección de la Agencia Tributaria, o que otra forma legal existe para solventar esta situación. Gracias
Responder a joaquin
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