Estimado Piero:
Puede encontrar los requisitos de la prestación familiar por hijo a cargo en el siguiente enlace de Downciclopedia:
www.downciclopedia.org/area-juridica-jur...on-espanola/1107-pen
Si el sueldo del con su hijo no supera el 100 por 100 del salario mínimo interprofesional no hay ningún problema. Según el artículo 351 a) segundo párrafo de la Ley General de la Seguridad Social : «El causante no perderá la condición de hijo o de menor a cargo por el mero hecho de realizar un trabajo lucrativo por cuenta propia o ajena siempre que continúe viviendo con el beneficiario de la prestación y que los ingresos anuales del causante, en concepto de rendimientos del trabajo, no superen el 100 por cien del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual.»
Dicho SMI actualmente es de 12.600 euros al año.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño