Responder: DERECHO A PENSIÓN EN OTRO PAÍS

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Historial del Tema: DERECHO A PENSIÓN EN OTRO PAÍS

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • Ángel
6 años 6 meses antes
DERECHO A PENSIÓN EN OTRO PAÍS

Muchas gracias, tendré en cuenta para consultarlo en INSS. Muy amable

  • María José Alonso
6 años 6 meses antes
DERECHO A PENSIÓN EN OTRO PAÍS

Estimado Ángel:

No estoy segura de la respuesta, aunque tratándose de una pension contributiva sería lógico que pudiera seguir cobrándola. Veo que hay obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio. Para cobrar hay que estar de alta o en situación asimilada al alta y cuando tu empresa te traslada al extranjero se considera que estas en situación asimilada al alta. Hay supuestos en que se puede solicitar residiendo en el extranjero. Su hijo no trabaja pero no sé si su incapacidad permanente es total, absoluta o gran invalidez. Creo que lo mejor es que pida cita en el INSS o pregunte en el siguiente enlace:
w6.seg-social.es/ProsaInternetAnonimo/On...E&ARQ.IDAPP=XV20R200
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño

  • ÁNGEL
6 años 6 meses antes
DERECHO A PENSIÓN EN OTRO PAÍS

Hola,
me gustaría saber si mi hijo podría cobrar la pensión de incapacidad permanente que tiene por haber dejado de trabajar por discapacidad, si se marchase a vivir con su hermana a Inglaterra. Es posible que tenga que irse a vivir allí con ella en un futuro, ya que es de las pocas familiares que tiene. Gracias.