Responder: Aportación de los usuarios a estancias diurnas

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Historial del Tema: Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • Natividad
5 años 5 meses antes
Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Muchísimas gracias pero me temo que el en el centro no lo tienen tan claro, me han pedido autorización para pedir el certificado de ingresos directamente a hacienda y creo que en hacienda no especifican el concepto, solo certifican los ingresos líquidos anuales.
En cualquier caso , iré al centro a ver si me aclaran esto.
Os informare del resultado por si le puede aclarar a otra persona que este en esta situación.
Saludos

  • María José Alonso
5 años 5 meses antes
Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Estimada Natividad:
A mi me parece que la norma es muy clara: no computa la pensión de orfandad y no computan las pagas extras de otras pensiones.
¿es usted la que emite el certificado?
Si es asi puede emitir el certificado diciendo que certifica los ingresos líquidos anuales con las excepciones recogidas en el artículo 5.3 de la Orden (y por tanto excluye la pension de orfandad y pagas extras de otras pensiones).

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño

  • Natividad
5 años 5 meses antes
Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Desde Andalucía y la CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL.

Muchísimas Gracias.

  • María José Alonso
5 años 5 meses antes
Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Estimada Natividad:

Dígame por favor desde qué Comunidad Autónoma nos escribe y de qué Consejería es la orden a la que hace referencia-

Un saludo cordial

María José Alonso Parreño

  • Natividad
5 años 5 meses antes
Aportación de los usuarios a estancias diurnas

Buenos Días
A mi hermano discapacitado le han reconocido la pensión de Orfandad Absoluta tras fallecer mis padres por lo que en su centro de día nos piden certificado de Ingresos para calcular la nueva aportación al centro que le corresponde.
Buscando información al respecto hemos encontrado que en las Disposiciones Generales de la Orden de 5 de Mayo de 2009, por la que establece las tarifas y se regula la aportación......En el Articulo 5 punto 3. pone algo sobre la pensión de orfandad, para mi poco claro. Cito:
3. La aportación a realizar por cada persona usuaria en Unidad de estancia diurna o en Unidad de estancia diurna con terapia ocupacional se calculará aplicando un porcentaje sobre sus ingresos líquidos anuales , exceptuando la pensión de orfandad.........
Si fueran tan amables de informarme sobre esto, ya que , posiblemente este equivocada, pero lo que yo entiendo es que esta pensión no es computable.
Muchas Gracias de antemano y Saludos