Responder: Comentarios a las modificaciones de la Ley de Depe

Nota: Estas publicando el mensaje como 'Invitado', no podrás editar el mensaje o eliminarlo
Por favor Identificarse o Registrar para omitir este paso.
X

Historial del Tema: Comentarios a las modificaciones de la Ley de Depe

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • Angela
14 años 5 días antes
Re: Comentarios a las modificaciones de la Ley de Depe

Gracias, como siempre ESTÁN
Contaré cómo me va

14 años 6 días antes
Re: Modificaciones de la Ley de Depe DUDAS

Estimada Ángela:

Contesto a sus dudas con mi opinión:

1º No hay incompatibilidad entre el trabajo remunerado y las prestaciones económicas de la Ley 39/2006 de Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Como mucho la prestación se verá reducida al 40 por 100 del máximo según la fórmula de capacidad económica que se aplicará según lo dispuesto en la ORDEN de 23 de noviembre de 2011 por la que se hacen públicos los criterios para la determinación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la prestación económica a los beneficiarios que tengan
reconocida la condición de persona en situación de dependencia. (DOE 21 diciembre 2011). Puede verlo en el siguiente link: doe.juntaex.es/pdfs/doe/2011/2430o/11050317.pdf
El IPREM 2012: mensual 532,51 € anual 12 pagas 6.390,13 € anual 14 pagas 7.455,14 €.

2º Si no le conviene no lo acepte
3º Pida una prestación económica vinculada al servicio de promoción de la autonomía personal para costear las terapias que ya recibe.
4º No renuncie.

Un cordial saludo,

María José Alonso Parreño

  • Ángela
14 años 1 semana antes
Re: Modificaciones de la Ley de Depe DUDAS

HOLA Dña Mª José Alonso:
Después de leerme sus "Comentarios a las modificaciones a la Ley de Dependencia" y encontrándome tramitando las opciones que me ofrece la PIA de mi hijo: GRADO II Nivel I, desempeña trabajo remunerado (sobre 800€ mensuales)
DUDAS:
1ª: La trabajadora social ya piensa que HAY INCOMPATIBILIDAD entre la concesión de PRESTACIÓN ECONÓMICA y el sueldo del hijo.
2ª:Ofrecía posibilidad de 40 horas/mes asistencia a domicilio. Vive conmigo. Tengo 73 años y por ahora ese tema lo llevamos bien entre los dos. Al leer su comentario de que es una ayuda interesante, se me ha planteado la duda, ya que tendría que pagar casi todo su valor y cortaría nuestra libertad y privacidad... Además, en la práctica, cada día suele ir una persona diferente y mi hijo ni se enteraría (otro tema es en cuanto yo me encuentre incapacitada al efecto)
3ª: Yo había pedido TERAPIA OCUPACIONAL. Las empresas q la ofrecen están ubicadas a más de 60km de nuestra localidad. Seguro que nos saldría a pagar casi todo a ntros...
NTRA. SITUACIÓN: El hijo ya se costea asistencia psicológica,HH sociales... (porque la adaptación a la vida le pone en múltiples situaciones de riesgo y hay que apoyarlo continuadamente)privada, que nos permite un diseño común madre-terapeuta en que él confía y al que va encantado (aunque no sé si será del todo eficaz)
4ª: La trabajadora ME ACONSEJA que RENUNCIE por ahora y, caso de cambio de circunstancias se vuelva a pedir, lo que tardaría unos 6 meses. PORQUE si ACEPTO ahora algo que no me guste, sería más difícil que la ADMCIÓN lo cambiara

Como siempre, agradecida

14 años 2 semanas antes
Comentarios a las modificaciones de la Ley de Depe

Hola, amigos:

Nuestra asesora jurídica María José Alonso ha escrito unos comentarios a las modificaciones a la Ley de Dependencia, que hemos publicado en Noticias (página Index del Portal):

Un abrazo

Canal Down21