revisión discapacidad
- María José Alonso
13 años 7 meses antes #53226
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: revisión discapacidad
Estimada Saro:
Te confirmo que no es preciso realizar ningún trámite. Muchas gracias por tus afectuosas palabras.
Es muy gratificante saber que el trabajo que una hace es útil para alguien.
Un fuerte abrazo y Feliz Año 2013,
María José Alonso Parreño
Te confirmo que no es preciso realizar ningún trámite. Muchas gracias por tus afectuosas palabras.
Es muy gratificante saber que el trabajo que una hace es útil para alguien.
Un fuerte abrazo y Feliz Año 2013,
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso
- Saro
- Autor del tema
13 años 7 meses antes #53203
por Saro
Respuesta de Saro sobre el tema Re: revisión discapacidad
Mi querida María José:
Eres un amor de persona.
No esperaba que me respondieras tan rápidamente.
Miré los papeles, y ponen que la calificación de minusvalía del 77% es definitiva.
Data de hace muchos años, pero entiendo que, al seguir presentando en el banco la fe de vida anual que se exige, y al seguir percibiendo con normalidad su pensión y la prestación de protección familiar todo está bien, todo está al día.
¿Esto es así? ¿Puedo seguir tranquila? Es que no sabes cómo me agobian los trámites. Supongo que como a todo el mundo, desde luego...
Espero que tú y tu hija y todos los tuyos estén muy, muy bien.
Un millón de gracias por tu trabajo. Estoy en deuda contigo.
Un fuerte abrazo,
Saro
Eres un amor de persona.
No esperaba que me respondieras tan rápidamente.
Miré los papeles, y ponen que la calificación de minusvalía del 77% es definitiva.
Data de hace muchos años, pero entiendo que, al seguir presentando en el banco la fe de vida anual que se exige, y al seguir percibiendo con normalidad su pensión y la prestación de protección familiar todo está bien, todo está al día.
¿Esto es así? ¿Puedo seguir tranquila? Es que no sabes cómo me agobian los trámites. Supongo que como a todo el mundo, desde luego...
Espero que tú y tu hija y todos los tuyos estén muy, muy bien.
Un millón de gracias por tu trabajo. Estoy en deuda contigo.
Un fuerte abrazo,
Saro
Responder a Saro
- María José Alonso
13 años 7 meses antes #53202
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: revisión discapacidad
Querida Saro:
Muy feliz Navidad. Las resoluciones que reconocen el grado de discapacidad a personas menores de edad, como la hija Chus, suelen incluir un plazo de validez, transcurrido el cual hace falta pedir una revisión.
Puedes comprobar en la Resolución de tu hermana si tiene una fecha en la que termine su validez y si la tuviera habría que acudir a la Consejería de Asuntos Sociales de tu Comunidad Autónoma a pedir una revisión.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Muy feliz Navidad. Las resoluciones que reconocen el grado de discapacidad a personas menores de edad, como la hija Chus, suelen incluir un plazo de validez, transcurrido el cual hace falta pedir una revisión.
Puedes comprobar en la Resolución de tu hermana si tiene una fecha en la que termine su validez y si la tuviera habría que acudir a la Consejería de Asuntos Sociales de tu Comunidad Autónoma a pedir una revisión.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
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- Saro
- Autor del tema
13 años 7 meses antes #53201
por Saro
Respuesta de Saro sobre el tema Re: revisión discapacidad
Hola a todos:
En primer lugar, muchísimas gracias por sus aportaciones en esta área que a mí particularmente me resulta tan ardua.
Quería preguntar, a colaciçon de lo que dice Chus de que toca renovar el certificado de discapacidad, quería preguntar lo siguiente:
Mi hermana de 50 y con síndrome de Down años es pensionista. Yo soy su tutora legal. Ella percibe su pensión regularmente en el banco.
No tenía ni idea de que hubiera que renovar nada. ¿Tengo que renovar el certificado de discapacidad? Si así fuera, ¿dónde tengo que dirigirme al efecto? Vivimos en las islas Canarias.
Mil gracias de antemano por su ayuda.
Un abrazo muy fuerte, en especial para María José y para Chus, que se dejan la piel en esta área jurídica.
Feliz Navidad para todos,
Saro
En primer lugar, muchísimas gracias por sus aportaciones en esta área que a mí particularmente me resulta tan ardua.
Quería preguntar, a colaciçon de lo que dice Chus de que toca renovar el certificado de discapacidad, quería preguntar lo siguiente:
Mi hermana de 50 y con síndrome de Down años es pensionista. Yo soy su tutora legal. Ella percibe su pensión regularmente en el banco.
No tenía ni idea de que hubiera que renovar nada. ¿Tengo que renovar el certificado de discapacidad? Si así fuera, ¿dónde tengo que dirigirme al efecto? Vivimos en las islas Canarias.
Mil gracias de antemano por su ayuda.
Un abrazo muy fuerte, en especial para María José y para Chus, que se dejan la piel en esta área jurídica.
Feliz Navidad para todos,
Saro
Responder a Saro
- María José Alonso
13 años 7 meses antes #53200
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: revisión discapacidad
Buenos días Chus:
Entiendo que si aportas la resolución de reconocimiento de dependencia si declararán la necesidad de ayuda de tercera persona pero que hasta que Irene no cumpla los 18 años ello no reportará ningún derecho nuevo, que yo conozca.
Al cumplir los 18 si tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 75 por 100 y la necesidad de ayuda de tercera persona, tendrá derecho a un complemento equivalente al 50% de la cuantía vigente, en la pensión no contributiva de invalidez (caso de percibirla) o en la asignación familiar por hijo a cargo (caso de percibirla). Sin embargo, dichos complementos se deducirían de las prestaciones económicas que percibiera en su caso, en el sistema de dependencia.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Entiendo que si aportas la resolución de reconocimiento de dependencia si declararán la necesidad de ayuda de tercera persona pero que hasta que Irene no cumpla los 18 años ello no reportará ningún derecho nuevo, que yo conozca.
Al cumplir los 18 si tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 75 por 100 y la necesidad de ayuda de tercera persona, tendrá derecho a un complemento equivalente al 50% de la cuantía vigente, en la pensión no contributiva de invalidez (caso de percibirla) o en la asignación familiar por hijo a cargo (caso de percibirla). Sin embargo, dichos complementos se deducirían de las prestaciones económicas que percibiera en su caso, en el sistema de dependencia.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
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- chus
- Autor del tema
13 años 7 meses antes #53195
por chus
Respuesta de chus sobre el tema Re: revisión discapacidad
Gracias Mª José,
Me queda claro que sea cual sea el certificado de minusvalía no tenga que hacer nada respecto de la dependencia.
De lo que dices deduzco que en el nuevo certificado de minusvalía aparecerá necesidad de tercera persona al tener reconocida la dependencia... y siendo esto así se tiene algún tipo de derecho con esta situación ???
El tema de la movilidad reducida parece que no se ha visto afectado ni en el baremo ni en la puntuación mínima para tener derecho, por ejemplo, a la tarjeta de aparcamiento.
Me queda claro que sea cual sea el certificado de minusvalía no tenga que hacer nada respecto de la dependencia.
De lo que dices deduzco que en el nuevo certificado de minusvalía aparecerá necesidad de tercera persona al tener reconocida la dependencia... y siendo esto así se tiene algún tipo de derecho con esta situación ???
El tema de la movilidad reducida parece que no se ha visto afectado ni en el baremo ni en la puntuación mínima para tener derecho, por ejemplo, a la tarjeta de aparcamiento.
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