Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182

  • Manuel García
  • Autor del tema
10 años 6 meses antes #56992 por Manuel García
Respuesta de Manuel García sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Ante todo muchísimas gracias por vuestra ayuda. Por favor solo una última cosa para dejarlo claro, ya que un compañero y yo estamos en la misma situación y cuando llamamos a la aeat no se aclaran demasiado.
Por ejemplo, durante el año 2015 he aportado 8000€ al patrimonio protegido de mi hijo de 9 años con discapacidad (al número de cuenta destinado para ello), y he gastado de dicha cuenta en terapias, alimentación biomédica, ropa, etc 6000€ (todo con su factura), por lo cual le quedan 2000€ en la cuenta. En el modelo 182 me da tres opciones:

C: Aportación al patrimonio de discapacitados.
D: Disposición del patrimonio de discapacitados.
E: Gasto de dinero y consumo de bienes fungibles aportados al patrimonio protegido....para atender las necesidades vitales del beneficiario y que no deban considerarse como disposición de bienes o derechos a efectos de los dispuesto en el artículo 54.5 de la ley 35/2006 de 28 de noviembre del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

¿Cómo tengo que introducir esos 8000€:
-Todo (los 8000€) como Declarado 1 marcando opción C.
-Todo (los 8000€) como Declarado 1 marcando la opción E.
-O tengo que diferenciar Declarado 1 y poner los 6000€ (¿pondría C, D o E?) que ha gastado, y luego Declarado 2 y poner los 2000€ (¿pondría C, D o E?) que quedan?

Os agradezco muchísimo vuestra aclaración.
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10 años 6 meses antes #56987 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Buenas tardes Manuel, Patricia y Montse:

Por fin he vuelto a casa.

Muchas gracias a Montse y Patricia por vuestras aportaciones.

Para Manuel:Cuando se hacen aportaciones se ponen los datos del donante como declarado y de la persona con discapacidad o el administrador del patrimonio como declarante.

El gasto en terapias y tratamientos no son realmente disposiciones, transcribo la descripción de la clave E:

E. Gasto de dinero y consumo de bienes fungibles aportados al patrimonio protegido en el año natural al que se refiere la declaración informativa o en los cuatro anteriores para atender las necesidades vitales del beneficiario y que no deban considerarse como disposición de bienes o derechos a efectos de lo dispuesto en el artículo 54.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

En caso de que se haya marcado la CLAVE E en la posición 78, deberá consignarse el importe del dinero gastado o el valor de los bienes fungibles consumidos (es decir el total). Si el programa le pide daos en declarado yo pondría los del titular o administrador, es decir el declarante).

Para Patricia: En relación con el modelo 190, la norma que señala la obligación de presentarlo es esta: Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre, por la que se modifican la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 18 noviembre 2015) la cual señala lo siguiente:

«La citada Ley 26/2014, de 27 de noviembre, modifica también el artículo 42 de la Ley del Impuesto, catalogando como retribuciones en especie exentas determinados supuestos que hasta la mencionada modificación legal se consideraban rentas no sujetas y, en consecuencia, no se incluían en el modelo 190, lo que hace conveniente introducir una nueva subclave dentro de la clave L, para poder reflejar este tipo de retribuciones de forma individualizada. También, dentro de esta misma clave L, se introduce una nueva subclave con el fin de mejorar la información relativa a las cuantías exentas en concepto de rendimientos del trabajo derivadas de las aportaciones a patrimonios protegidos para el titular de dicho patrimonio, en consonancia con la redacción dada a la letra w) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la mencionada Ley 26/2014.»

Un saludo muy cordial,

María José Alonso Parreño
  • Patricia
  • Autor del tema
10 años 6 meses antes #56986 por Patricia
Respuesta de Patricia sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Hola de nuevo

Efectivamente parece que en el 182 que los declarados somos los aportantes y que no sería necesario presentar dos modelos .

Las instrucciones no son nada claras y los modelos poco intuitivos, gracias por puntualizarlo, Montse.

Lo que he mirado es lo del modelo 190, y si bien es cierto que este año han introducido la clave L, subclave 21 en este modelo para declarar las aportaciones a Patr Prot, sólo encuentro que están obligados a presentar 190 con carácter general las personas o entidades jurídicas que satisfagan habitualmente rendimientos sujetos a retención . Si encuentras la norma exacta que regula esta obligación del 190 para personas físicas por favor compártela.

Realmente es una figura compleja que convendría aclarar más y sobre todo simplificar.

Saludos
  • Montse
  • Autor del tema
10 años 6 meses antes #56985 por Montse
Respuesta de Montse sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Perdón Manuel

El declarante es la persona con discapacidad y el declarado o declarados el familiar o familiares que realizan las aportaciones al Patrimonio Protegido del cual es titular la persona con discapacidad.

Patricia no es necesario que elaboréis 2 mod 182 : se puede elaborar uno solo a favor de la persona con discapacidad y en declarados se indica la relación de cada uno de los aportantes con su NIF o NIE respectivo ( padre, madre, tio, abuelo, abuela....etc) y con la aportación dineraria o inmueble o ... lo que haya donado cada uno.

El documento que si que debe realizarse de forma individual es el 190.

Un abrazo
Montse
  • Montse
  • Autor del tema
10 años 6 meses antes #56984 por Montse
Respuesta de Montse sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Buenos dias Manuel

El declarado se corresponde con la persona con discacapacidad: su hijo o familiar con el DNI de la persona con discaspacidad.

En la clave E debe indicar todo lo gastado para "situaciones especiales "debe guardarse debidamente las facturas a nombre de la persona con discapacidad donde pueda demostrar que realmente ha sido utilizado para sus gastos vitales.

Se recomienda no disponer de esos importes durante 4 años a no ser que sea para "necesidades vitales" aunque nunca he logrado e incluso lo he solicitado por escrito que indiquen a qué se refiere la ley con" necesidades vitales".

Debe adjuntar con denominación otros documentos "la escritura del Patrimonio Protegido realizada por el notario" con la copia simple que le entregó el notario la escanea y la adjunta como pdf. adjunto..

Recordarle que desde este año también es necesario, aunque algunas administraciones de haciendas no lo sepan el modelo 190 . clave L subclave 21 en ella si que es usted el declarado , únicamente lo requiere hacienda a nivel informativo.

Un cordial saludo
Montse
  • Patricia
  • Autor del tema
10 años 6 meses antes #56982 por Patricia
Respuesta de Patricia sobre el tema Disposiciones del patrimonio protegido Modelo 182
Buenos días, os cuento el procedimiento de presentación telemática desde la web de la AEAT.

Entrar con el Pin de la AEAT.

En primer lugar, te pregunta naturaleza del declarante . Introducir clave 3 (administrador patrimonio protegido)

Introducir datos que pide la pantalla que se ofrece

Abajo del todo de esa misma pantalla, pinchar en el apartado "declarados"

En la barra de herramientas pinchar el icono que aparece una hoja con un signo "+" de color verde

En NIF del declarado introducir el del titular del patrimonio. El representante legal serás tu (administrador). En el apartado clave, introducir la que corresponda en el despegable que de abre ( C aportación, D disposición)

Para introducir un nuevo registro volver a pinchar en el icono en el que aparece una hoja con un "+" de color verde

Para ver el resumen, volver a pinchar abajo en el apartado "declarante y resumen de la declaración"

Presentar declaración pinchando "pinchar y enviar".

Otra cosa, nosotros, hemos presentado 2 modelos 182, dado que mi marido y yo hemos hecho las aportaciones al 50% , como debe ser bastante habitual en muchas familias. Es importante para que Hacienda cuente con una correcta imputación de datos fiscales.

Para nosotros este era el primer año, por lo que hemos presentado también la escritura de constitución . Una vez presentada la declaración se vuelve a entrar con el número de referencia en el apartado "aportar documentación complementaria", dentro del apartado "consultas y modificaciones de declaraciones"

Espero sirva de ayuda

Saludos, Patricia
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