Estimada Lidia
Dígame exactamente que prestación económica de grado III le han quitado.
Veo que la normativa de incompatibilidades en Cataluña es bastante confusa:
ORDEN ASC / 55/2008, de 12 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar las compatibilidades y las incompatibilidades entre las prestaciones del Sistema Catalán de Autonomía y Atención a la Dependencia (SCAAD) y las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales (SPSS) en el ámbito territorial de Cataluña.
dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/...=472115&action=fitxa
No obstante, tras la reforma del sistema de dependencia de 2012, artículo 25 bis introducido en la ley 39/2006 de autonomía personal y dependencia por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad se endurecieron las incompatibilidades:
«Artículo 25 bis. Régimen de incompatibilidad de las prestaciones.
1. Las prestaciones económicas serán incompatibles entre sí y con los servicios del catálogo establecidos en el artículo 15, salvo con los servicios de prevención de las situaciones de dependencia, de promoción de la autonomía personal y de teleasistencia.»
Si le han dado una plaza publica en un centro ocupacional ya no puede seguir recibiendo una prestación económica por cuidados en el entorno familiar o una prestación económica vinculada al servicio de centro de atención diurna.
Esta incompatibilidad no depende del horario ni de lo que usted pague. No obstante pida cita en los servicios sociales por si hubiera alguna ayuda autonómica o municipal a la que pudiera acceder.
Un saludo cordial
María José Alonso Parreño