El art. 144 de la LOE prevé para este año realizar pruebas de evaluación de diagnóstico a todos los alumnos escolarizados en 4º de primaria.
en el BOE DE 5-5-2009 aparece la disposición que lo regula: www.boe.es/boe/dias/2009/05/05/pdfs/BOE-A-2009-7499.pdf
y en su Disposición adicional segunda. Alumnado con necesidad de apoyo educativo.
Los alumnos que se hayan incorporado en el curso 2008-2009 al sistema educativo español y los que presenten necesidades educativas especiales tendrán tratamiento específico en la realización de las pruebas de evaluación. Para aquellos alumnos con necesidades educativas especiales que así lo requieran, se adaptarán los correspondientes cuestionarios y el tiempo de realización de las pruebas.
Dado que la prueba es obligatoria yo os animo a solicitar que se adapten los cuestiones y el tiempo de realización de los mismos, yo lo he hecho hablando cono el equipo de orientación educativa del centro, también por mail dirigido a mi colegio, a mi dirección provincial de Educación y a la Consejería de Educación de mi comunidad autónoma Y mañana lo mandaré por escrito a los mismos lugares.
La prueba no tiene trascendencia académica, es un trámite legal de evaluación de diagnóstico, pero es obligatoria y dado que por fin en pruebas de este tipo se contemplan las condiciones especiales de los acnees se debe hacer uso de ello para que cunda ejemplo cuando se hagan otro tipo de pruebas, tipo los test de inteligencia que pasan los equipos de orientación en cada cambio de ciclo, que son los mismos para todos sin tener en cuenta la discapacidad y que no crea más que frustación en el alumno que lo realiza, en el profesional que lo corrige y en la familia que recibe los resultados. Dado que no es óptimo que este tipo de situaciones se den sin ningún tipo de adaptación.